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27/04/2024. 05:39:23

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El Gobierno incentivará compatibilizar empleo y pensión

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La edad media de jubilación está en 63,87 años debido fundamentalmente a las jubilaciones anticipadas, que en 2011 supusieron el 40,5% del total. La Reforma Laboral elimina las cláusulas de los convenios colectivos que ponen una edad obligatoria de jubilación y potencia el contrato indefinido a tiempo parcial como un estímulo a los trabajadores que quieran permanecer en la vida laboral. Actualmente trabajan  un 0,42 % de jubilados.

La Ministra de Empleo y Seguridad Social ve a los trabajadores de más edad como “un instrumento idóneo para garantizar la continuidad a medio y largo plazo de los proyectos creadores de riqueza”. De tal modo, y sobre todo por el ahorro en pensiones y los ingresos que aportan por cotizaciones de la Seguridad Social se incentivará la prolongación voluntaria de la vida laboral, trasladando a los trabajadores la decisión del momento de la jubilación.

Fatima Bañez

Para el Gobierno es una prioridad "convertir en posibilidad real la prolongación de la vida laboral como garantía de la viabilidad del sistema", tal y como ha dicho Fátima Yáñez, Ministra de Empleo y Seguridad Social. Las líneas de actuación serán fundamentalmente dos, reforzar las garantías de empleo de los trabajadores de más edad evitando su expulsión prematura del mercado laboral y propiciar el mantenimiento voluntario en activo de los trabajadores más allá de la edad de jubilación.


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Tasas de empleo de los trabajadores de más edad (55-64) en los Estados miembros en 2010. Fuente: Comisión Europea

Desde el Ministerio se destaca la coincidencia del diagnóstico que plantea la Unión Europea en el Libro Blanco de las Pensiones y de las recomendaciones del Pacto de Toledo. "Se persigue garantizar un adecuado equilibrio entre los años de vida laboral y los años de cotización y se recomienda -añadió- la vinculación de la edad de acceso a la pensión con los aumentos de la esperanza de vida, la restricción del acceso a la jubilación anticipada y las facilidades para la prolongación de la vida laboral".

Con estos parámetros, y dando cumplimiento a recomendaciones del Pacto de Toledo y la Unión Europea se fomentará la compatibilización entre vida laboral activa y pensión, que hoy está "muy restringida" según palabras del Secretario de Estado de Seguridad Social, Tomás Burgos. España tomaría de ese modo la senda de otros países europeos cuyas tasas de ocupación de mayores pasan de largo de las españolas,  "con buenos resultados" según Burgos. "Esto supone -sigue el Secretario de Estado- cambiar la incompatibilidad generalizada, y asumir como regla general la compatibilidad, siempre limitada y condicionada, desde la óptica del incentivo a la prolongación de la vida laboral y de dar mayor capacidad de decisión al ciudadano".


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Análisis de las pensiones españolas por parte de la Comisión Europea. Fuente:  Comisión Europea

Cómo serían las cotizaciones de estos trabajadores

En Alemania se han acogido a esta fórmula unos 900.000 trabajadores. En España hay la posibilidad, pero los inconvenientes provocan que únicamente los autónomos con ingresos inferiores al Salario Mínimos Interprofesional recurran a ella.

Lo que se propone es que los trabajadores tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, una vez cumplida la edad legal ordinaria de jubilación y teniendo el total del periodo de cotización cumplido para acceder a la pensión, puedan seguir trabajando en el sector privado sin que se modifiquen las condiciones de su pensión. De hecho, ya está presentado en el Consejo de Ministros un informe que  plantea la posibilidad de que un trabajador pueda simultanear durante un tiempo el cobro de entre el 40% y el 60% de la pensión y un empleo por cuenta propia o ajena.

El nuevo esquema se podría aplicar a todos los regímenes de la Seguridad Social y a cualquier actividad por cuenta ajena o por cuenta propia. Además, Báñez ha planteado que, una vez terminada la transición, el jubilado pudiera cobrar hasta el 105% de su pensión.

La cotización que se les exigiría es por incapacidad temporal, accidente de trabajo y enfermedades profesionales. De todos modos, quizá se habilitaría  una "cotización de solidaridad"  para aumentar los ingresos de la Seguridad Social. La pensión sería "un porcentaje a determinar, que podría ser objeto o no de revalorización" según el Secretario de Estado de Seguridad Social, aunque al terminar la actividad se recuperaría íntegramente. El Ministerio Plantea plantea que el régimen de compatibilidad pensión-empleo obligue a que la edad de entrada en la jubilación sea la ordinaria si el período de cotización impliqua el cobro del 100% de la base reguladora.

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