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24/04/2024. 07:11:22

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ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO

El Notariado presenta denuncia contra varios Registradores

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El Consejo General del Notariado ha presentado tres denuncias ante la Dirección General de los Registros y del Notariado, por las que solicita que se abra expediente disciplinario a varios Registradores de la propiedad y mercantiles; y tiene previsto presentar en fechas próximas otras veintisiete. Según os Notarios, estos Registradores han provocado daños económicos a diversos ciudadanos, por valor de unos ocho millones de euros, porque no han permitido el acceso telemático de los Notarios al contenido de los libros del Registro, en los términos legalmente previstos, en el momento de la firma de las correspondientes escrituras públicas.

Manuel López Pardiñas, Francisco Javier Guerrero Arias, Antonio Ojeda y César Belda.

Los desencuentros entre Notarios y Registradores son ya públicos desde hace un tiempo, y no parece que vayan a bajar de intensidad.

De hecho, hoy es noticia algo que quiebra, aún más, las tensas relaciones entre dos colectivos que, siendo complementarios, sufren tiranteces en las que no se sabe si se beneficia el mercado, o se perjudica el ciudadano.

El hecho es que más de treinta personas, físicas o jurídicas, han exigido responsabilidad civil a varios Notarios a quienes los Registradores no permitieron acceder telemáticamente, en el momento de la firma de las correspondientes escrituras públicas, a los libros del Registro, tal y como establecen las leyes de medidas fiscales, administrativas y del orden social y la de impulso a la productividad. Estos Notarios no pudieron comprobar si se había presentado algún título, como así fue, en el tiempo transcurrido entre la recepción por fax de las notas simples que les enviaron los Registradores y la firma de las escrituras públicas.

A fecha de hoy, ningún Notario puede acceder telemáticamente al contenido de los libros de los Registros. La información de que dispone en el momento de firmar la escritura sigue siendo la nota simple que por fax le remite el registrador.  El incumplimiento de la Ley por el colectivo registral está desequilibrando el sistema de seguridad jurídica preventiva: mientras que es ya una realidad la presentación telemática en los Registros de las escrituras públicas, la información precisa para su redacción se sigue obteniendo por fax. 

Incumplimiento de la Ley por los Registradores, según el Consejo General del Notariado

Tras siete años desde la efectividad de la Ley 24/2001 de medidas fiscales, administrativas y del orden social, y cuatro de la Ley 24/2005 de reformas para el impulso a la productividad, ninguna autoridad, empleado o funcionario público puede acceder telemáticamente a los libros del Registro, pese a que así lo establecen ambas normas. De todos modos, la interpretación no es pacífica.

Estas leyes determinan que sólo las autoridades judiciales, autoridades fiscales en sus diferentes modalidades, policía judicial, SEPBLAC, agencia tributaria, haciendas autonómicas, Notarios y otras autoridades públicas pueden acceder al contenido de los libros de los Registros, sin intermediación del registrador, precisamente porque ejercen funciones públicas en sus diferentes ámbitos, ya sea para la persecución de delitos o fraudes o  para la autorización de escritura públicas.

En el caso de los Notarios, éstos han denunciado al Ministerio de Justicia, desde la entrada en vigor de tales leyes, su incumplimiento por los Registradores.  

El Notariado mantiene, al respecto de la hipótesis de que se pueda vulnerar la legislación de protección de datos, que dicha cuestión fue debatida en su tramitación parlamentaria, y desechada. En ningún caso el acceso telemático por las autoridades públicas citadas al contenido de los libros del Registro  puede vulnerar la Ley Orgánica de Protección de Datos porque las autoridades acceden en el ejercicio de sus funciones públicas, y no como particulares.

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