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12/09/2024. 18:38:02

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El Parlamento Europeo rechaza aumentar la jornada laboral

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Las guardias deben considerarse tiempo de trabajo.

El Parlamento Europeo se opuso ayer a la propuesta del Consejo sobre la jornada laboral y respaldó con mayoría absoluta la línea del ponente, el español Alejandro Cercas. Las enmiendas de la Cámara rechazan la posibilidad abierta por el Consejo de que la semana laboral alcance 65 horas, eliminan las excepciones al máximo anual de 48 horas semanales y prevén el fin del opt-out en 3 años.

El Parlamento Europeo rechaza aumentar la jornada laboral

Los eurodiputados han respaldado todas las enmiendas presentadas por el ponente en nombre de la Comisión Parlamentaria de Empleo.

El Consejo debe ahora decidir si acepta las enmiendas. En caso de que no las acepte, se inicia la conciliación, fase del procedimiento en la que negocian las dos instituciones para intentar un acuerdo en un plazo máximo de 24 semanas. Una vez logrado el acuerdo, el texto vuelve de nuevo al Parlamento para su adopción -o rechazo- por mayoría simple.

Puntos principales de las enmiendas adoptadas:

1.-Rechazo del "opt-out" (no se admitirán excepciones al máximo de 48 horas de trabajo).

El pleno elimina la posibilidad del "opt-out" pasado un periodo transitorio de tres años. Es decir, que todos los sectores deberán respetar el máximo de 48 horas semanales, que se calculará como una media anual. En la legislación vigente, la media se hace sobre cuatro meses.

El Parlamento Europeo también pide que se asegure la libre voluntad del trabajador prohibiendo que se suscriba esta cláusula al firmar el contrato de trabajo, durante el periodo de prueba o en las cuatro primeras semanas de relación laboral.

Actualmente, no existe un tope comunitario para los países o sectores que se acogen al "opt-out", salvo las 90 horas semanales de descanso. En el acuerdo alcanzado en junio por los ministros de Empleo de la UE, se permitía, aunque con un máximo de 60 horas de trabajo semanales; calculadas como media sobre un periodo de 3 meses. El tope se elevaba en la propuesta de la Comisión a 65 horas semanales en ausencia de un convenio colectivo o cuando el periodo inactivo del tiempo de guardia se considera tiempo de trabajo.

2.-Tiempo de guardia.

El Consejo considera que el periodo inactivo del tiempo de guardia no debe considerarse como tiempo de trabajo a menos que la legislación nacional, un convenio colectivo o un acuerdo entre interlocutores sociales disponga lo contrario. Por "periodo inactivo" se entiende el tiempo que el trabajador está de guardia pero no está obligado a ejercer efectivamente sus funciones.

El ponente argumentó que, de acuerdo con la posición del Consejo, los médicos podrían trabajar hasta 78 horas a la semana.

Según las enmiendas parlamentarias, todo el tiempo de guardia, incluido el inactivo, es tiempo de trabajo. La enmienda permite que los periodos inactivos se computen de manera específica, según acuerdo entre los interlocutores sociales (enmienda 9, artículo 1, punto 2). Es decir, que una hora de guardia inactiva pueda ser menos que una hora efectiva, pero en cualquier caso acumulable al total de las 48 horas.

3.-Descansos.

La legislación europea existente no estipula topes estrictos por semanas, sólo medias. Prevé un descanso semanal de 24 horas (no necesariamente el domingo) y los descansos diarios deben ser de 11 horas. De esta forma, el tiempo de trabajo máximo semanal podría ser de 78 horas en caso de "opt-out".

La Directiva vigente y el Tribunal de Justicia de la UE concluyen que cuando los trabajadores no pueden disfrutar de periodos de descanso normales deben disponer inmediatamente después de periodos de descanso compensatorio. Según el Consejo, son los países los que tienen la potestad de determinar "la duración del plazo razonable" en el que se asigna un descanso compensatorio. Sin embargo, los diputados consideran que los periodos de descanso compensatorio deben concederse siempre después de los periodos de trabajo (enmiendas 13 y 14, artículo 1, puntos 3 y 4).

4.-Periodo de referencia para los máximos.

Las 48 horas que fija la Directiva como tope son una media y no un máximo estrictamente semanal. En la actualidad, el periodo de referencia utilizado para calcular esa duración media máxima de trabajo semanal es de 4 meses (es decir, en esos 4 meses podrá haber semanas con más de 48 horas, siempre que se compensen con otras de menos), aunque puede extenderse a 6 ó 12 meses si hay un acuerdo colectivo; por ejemplo, para trabajos estacionales.

5.-Vida familiar y profesional.

Los diputados también hacen hincapié en que la legislación debe favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral y consideran imprescindible reforzar la protección y la seguridad de los trabajadores.

El pleno del Parlamento acordó que, para conciliar mejor la vida familiar y laboral, los trabajadores deberían tener derecho a solicitar cambios de horario y de los modelos de trabajo y los empresarios tendrían que estar obligados a tomar en consideración estas peticiones (enmienda 11, artículo 1, punto 2).

6.-Aplicación de la Directiva.

Para lograr un acuerdo con los ministros de los países de la UE se dispone de un máximo de 24 semanas (plazo que empieza a contar una vez el Consejo informe de que no puede aceptar las enmiendas). Una vez haya acuerdo y voto final, los Estados miembros tendrán 3 años para adaptar sus legislaciones a la Directiva y poner fin al "opt-out".

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