
El Real Decreto 17/2007, de 9 de febrero, por el que se regula la publicidad de los protocolos familiares, no pasará a la historia de la Ciencia del Derecho, por su pobre calidad técnica, corno ejemplo de excelencia jurídica de una norma positiva. Estamos ante un texto legal ciertamente bienintencionado que persigue corno objetivo declarado el habilitar cauces instrumentales diversos -básicamente registrales- para la transparencia de esta nueva institución que es el protocolo familiar.
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