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03/12/2024. 02:42:28
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El sector de las energías renovables, desconcertado

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Un Real Decreto Ley limitaría el desarrollo, hasta ahora incentivado, de las llamadas "energías limpias".

Las energías renovables, que un día se concibieron como una solución novedosa y saludable, cada vez está más normativizado. Ello, lo cual es algo, en principio, bueno, y consecuencia lógica de que las cosas van bien, es visto por el sector como una montaña de trabas: bajo el punto de vista de la Asociación Empresarial Eólica, los requisitos que la Administración está poniendo para el desarrollo de las energías limpias supone un portazo a las iniciativas empresariales.

El sector de las energías renovables, desconcertado

La Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, introdujo una liberalización de las actividades relacionadas con la energía eléctrica que, con crisis, hay que ir rebajando: el cada vez mayor déficit tarifario pone de relieve una problematica que, en estos tiempos, afecta al sistema; y hace peligrar su equilibrio.

Para financiar este déficit, se han diseñado medidas, por el momento no suficientes. El esfuerzo se plantea, además, en un momento de paralela actividad liberalizadora, como el que supondrá poner en marcha el suministro de último recurso en el sector de la energía eléctrica, que supone extinguir las tarifas integrales a partir de julio de este año; y el establecimiento de los mecanismos oportunos para garantizar la aditividad de las tarifas de último recurso.

Dada este estado de cosas, el Real Decreto-Ley 6/2009, de 30 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social pone en peligro el desarrollo y la viabilidad futura de las energías renovables. Para la Asociación Empresarial Eólica, hace falta "un mayor nivel de diálogo en la definición del marco regulatorio que va a afectar al sector en los próximos años".

Y es que esta norma supone implica la puesta en marcha de un Registro de Preasignación para las energías renovables, que alberga el fin de evitar que se superen los objetivos establecidos en el Plan de Energías Renovables 2005-2010. Conforme a dicho Plan, el 12,1 por 100 del consumo de energía primaria en el año 2010 debería abastecido por energías renovables, además de una producción eléctrica con estas fuentes del 30,3 por 100 del consumo bruto de electricidad; y un consumo de biocarburantes del 5,83 por 100 sobre el consumo de gasolina y gasóleo para el transporte en ese mismo año. Ya en el mes de marzo, informamos en Legal Today acerca de que ya se está redactando el Plan para el siguiente período.

Aparte de este objetivo racionalizador, la Asociación Empresarial Eólica piensa que el Registro, que es la principal novedad que aporta el RD, se ha ideado y diseñado "sin la necesaria participación de la industria"; e implicará una mayor carga burocrática para los promotores, quienes se enfrentarán a un galimatías administrativo. Aparte de ser una garantía para que las instalaciones entren en los parámetros del Plan de Energías Renovables -20.155 MW a ser instalados en España hasta 2010, que percibirán la retribución prevista bajo el RD 661/2007- el Real Decreto apenas publicado exige que para inscribirse en el Registro se tendrá que:

  • disponer de las autorizaciones y permisos necesarios,
  • poder demostrar una financiación de al menos el 50% de la inversión,
  • disponer de contratos de suministro de equipos de al menos el 50% del valor total de la instalación,
  • depositar un nuevo aval de 20€ por kW.

Las instalaciones se inscribirán por orden cronológico, hasta que se cubra el objetivo de potencia de 20.155 MW -hay un plazo máximo de tres años para inscribirse en el Registro definitivo-. Las que cumplan con las obligaciones requeridas en la fecha del RD (7 de mayo), se podrán inscribir durante los treinta días naturales siguientes a la entrada en vigor del RD; que ha sido la de su publicación, el 7 de mayo. Dispondrán de otro período de treinta días para presentar el resguardo del aval.

Si los proyectos inscritos no superen la potencia objetivo, el régimen económico del RD 661/2007 se extenderá hasta el cumplimiento del objetivo considerado. Si es superior, la retribución se agotará con las instalaciones inscritas. El grifo de las renovables se cierra.

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