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26/04/2024. 19:58:36

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El TC rechaza el recurso del Parlamento vasco contra la decisión del Supremo de anular sus acuerdos

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El Alto Tribunal declaró nulas las anteriores resoluciones parlamentarias por entender que iban encaminadas a impedir la ejecución de la sentencia de ilegalización de Batasuna

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, en sentencia notificada el 28 de abril, ha rechazado los recursos de amparo presentados por el Parlamento vasco contra la decisión del Tribunal Supremo de anular varios de los acuerdos de la Cámara autonómica referidos a la imposibilidad de ejecutar la sentencia de ilegalización de Batasuna.

El TC rechaza el recurso del Parlamento vasco contra la decisión del Supremo de anular sus acuerdos

El Alto Tribunal afirma que la Sala del 61 del TS "no podía dejar de reaccionar frente a una serie de resoluciones parlamentarias manifiestamente contrarias al contenido de una resolución judicial, ya irresistible el Auto de 1 de octubre de 2003, a cuyo cumplimiento quedan todos, ciudadanos y poderes públicos, obligados de manera indiscutible e innegociable (arts. 9.1 y 118 CE)".

El Constitucional rechaza así los argumentos de la Cámara de Vitoria, que consideró que las resoluciones anuladas habían sido fruto de un proceso en el que los parlamentarios se han desenvuelto "como sujetos competentes para actuar en términos de oportunidad política y, por tanto, como instrumento de participación de los ciudadanos en el ejercicio de la función parlamentaria".

Luego de declarar ilegal a Batasuna en su sentencia de 27 de marzo de 2003, el Tribunal Supremo requirió el 24 de abril de ese año al Parlamento vasco que procediera a la disolución de su grupo parlamentario, pero la Mesa de la Cámara contestó manifestando que para ello era necesaria una resolución específica de los órganos parlamentarios competentes. El 20 de mayo el Supremo acordó declarar la disolución del grupo parlamentario Araba, Bizkaia eta Gipuzkoako Sozialista Abertzaleak (ABGSA) y requirió de nuevo al presidente de la Cámara, Juan María Atutxa, para que la llevara a efecto sin demora, requerimiento que repitió en una providencia fechada el 4 de junio.

Dos días después de esa última fecha, la Junta de Portavoces rechazó una modificación del Reglamento de la Cámara aprobada veinticuatro horas antes, con lo que sigue sin cumplirse la disolución de ABGSA. El Supremo resolvió entonces, en un auto notificado el 18 de junio de 2003, adoptar por su cuenta varias medidas para asegurar la disolución efectiva del grupo -como privarle de subvenciones-, pero la Mesa de la Cámara aprobó el 30 de junio un nuevo acuerdo ratificándose en la imposibilidad legal de dar cumplimiento a las medidas decididas por el TS. La Mesa aún aprobó el 9 de septiembre otro acuerdo reconociendo a ABGSA el derecho a recibir la subvención correspondiente a los grupos parlamentarios.

Finalmente, el 1 de octubre de 2003, el Supremo dictó un auto -respaldado ahora por el Constitucional- declarando nulas las anteriores resoluciones parlamentarias por entender que iban encaminadas a impedir la ejecución de la sentencia de ilegalización de Batasuna.

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