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27/04/2024. 01:02:50

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Para que el Supremo «unifique criterios» en todas las CCAA

La Fiscalía recurrirá la sentencia del TSJ de Andalucía sobre Educación para la Ciudadanía

EP

El Ministerio Fiscal anunció ayer que va a recurrir la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que reconoce el derecho de los padres de un alumno de Bollullos Par del Condado (Huelva) a ejercer la objeción de conciencia frente a la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC), con objeto de que el Tribunal Supremo (TS) anule dicha resolución judicial y "unifique criterios" en todas las comunidades autónomas.

La fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, explicó a Europa Press que ya ha hablado personalmente con la Fiscalía del TS, que presentará un recurso de casación –por infracción de ley y de la jurisprudencia aplicable al caso– que va "en la línea que el Ministerio Público ha seguido hasta ahora".

En este sentido, Segarra recordó que los Tribunales Superiores de Justicia de Asturias y Cataluña mantuvieron una postura distinta a la del TSJA, por lo que la Fiscalía, "ante la disparidad de criterios, solicitará al Supremo "una misma respuesta para un problema igual en todas las comunidades".

La fiscal jefe indicó que en la sentencia "la extensión en el reconocimiento de la libertad religiosa colisiona con el libre desarrollo de la personalidad, lo que impide a los niños acceder a unos conocimientos determinados" como son los propios de EpC.

De esta manera, el derecho de los padres a la libertad religiosa –prosiguió Segarra– es el de elegir un determinado centro escolar que tenga una metodología para impartir la asignatura "que se adecue a sus creencias religiosas", ya que EpC es los "suficientemente amplia y vaga" para que cada centro adopte la enseñanza acorde a sus principios.

Asimismo, la fiscal jefe dijo que le parecía "excesivo" el reconocimiento de la objeción de conciencia "al margen de la regulación legal".

Al hilo, resaltó que desde que tuvo lugar la primera suspensión cautelar de la resolución de la Junta que rechazaba la objeción de conciencia, a mediados del mes de enero, se han visto incrementadas las demandas –unas diez– sobre dicho asunto "en el mismo sentido y con el mismo tenor literal" que la presentada por los padres de Bollullos Par del Condado.

El Ministerio Público se suma así al anuncio hecho ayer por el consejero de Educación, Sebastián Cano, quien también indicó que la Junta "va a recurrir la sentencia al Tribunal Supremo" y aclaró que dicha resolución no extiende este derecho al resto del alumnado andaluz.

En declaraciones a Europa Press, Cano señaló que no comparte "el criterio del tribunal andaluz" y recordó que la postura de la Administración andaluza "coincide con la del TSJ de Cataluña y de Asturias, que en casos parecidos o idénticos a este han fallado en sentido contrario, al denegar el derecho a la objeción".

LA SENTENCIA.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) reconoció ayer el derecho de los padres de un alumno de Bollullos Par del Condado (Huelva) a ejercer la objeción de conciencia frente a la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC).

La sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal, a la que tuvo acceso Europa Press, recoge en su fallo que el hijo de los demandantes, quienes interpusieron un recurso contra una resolución de la Junta que rechazaba tal objeción, "no debe cursar la asignatura" por lo que queda exento "de ser evaluado de la misma".

Por ello,  el TSJA anula además la resolución de 13 de noviembre de 2007 de la Consejería de Educación, que, frente a la solicitud de objeción de conciencia a la asignatura presentada por los citados padres, resolvía: "No reconocer el derecho a la objeción respecto a la aplicación de la asignatura y, en consecuencia, también denegar la petición de alternativa educativa".

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