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19/04/2024. 04:49:18

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Las descargas, con lucro, son delito

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Las descargas de archivos a través de la Red, incluso protegidos por derechos de autor, no es una conducta delictiva. Tampoco lo es ofrecer enlaces para facilitar descargas: de ello nos hemos ido haciendo eco en Legal Today a medida que los jueces se han tenido que pronunciar acerca de estos casos. Lo más llamativo fue, en ese sentido, la Sentencia de Sharemula.com, página que redireccionaba a eMule, la famosa red p2p. Sharemula había sido denunciada por la SGAE, Promusicae, Microsoft, y Egeda; y la Audiencia Provincial de Madrid sobreseyó el caso, al entender que enlazar a redes de pares no constituye una actividad criminal, ni vulnera derechos de propiedad intelectual, porque se limita a facilitar al visitante acceso a otra web, en la cual sí están los archivos; y no hay lucro. Esta vez, el juez detectó lucro…y ha condenado a multa y prisión a un joven internauta de 22 años.

Las descargas, con lucro, son delito

Las descargas a equipos personales de contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual desde Internet son una mina de conjeturas acerca de si es delito o no. También, una fuente de enfrentamiento entre la Sociedad de Autores y los usuarios de Internet, que han convertido las descargas en toda una causa, pertrechados incluso con una Circular de la Fiscalía General del Estado.

Lo cierto es que, hasta estas fechas, los jueces no habían apreciado ilícita la conducta "reina" en la Red para algunos internautas. El pronunciamiento más llamativo, por los sujetos implicados, fue el que exculpó al administrador de www.sharemula.com, ya que los demandantes representaban, de algún modo, el sistema anti-descargas (SGAE, Promusicae, Microsoft, y Egeda). José Miguel Tarodo de Echenique, Presidente de La Coalición de Creadores e Industrias de Contenidos, nos explicó a los lectores su punto de vista; rebatiendo los puntos que utilizan los jueces la mayor parte de las veces, es decir, que estas páginas únicamente facilitan enlaces, y que no hay lucro.

Sin embargo, una nueva sentencia, esta vez procedente de La Rioja, puede dar un vuelco a la tendencia: el Juzgado de lo Penal número 1 de Logroño ha condenado a un internauta de 22 años a seis meses de prisión y 4.900 euros de multa por  lucrarse con descargas de Internet en la página web "www.infopsp.com" a través de la que facilitaba enlaces para hacer descargas de videojuegos y películas, protegidos con derechos de autor. Los denunciantes fueron la Asociación Española de Distribuidores y Editores de Software de Entretenimiento (ADESE) y la Unión Videográfica Española (UVE).

El fallo considera probado que el condenado obtenía lucro tanto mediante los anuncios publicitarios que aparecían en su página, como por mensajes Premium de móvil, con tarificación adicional. Más concretamente, el usuario, para poder proceder a la descarga de archivos tenía que registrarse en la web, y visualizar, obligatoriamente, publicidad. Además, al remitir el formulario de suscripción, autorizaba expresamente el envío de anuncios a su buzón de correo electrónico. A partir de ese momento, empezaban a recibirse; cosa que generaba beneficios a los administradores de la web de un modo directamente proporcional al número de visitas a la misma.

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