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20/04/2024. 12:23:29

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LO DEMUESTRA UN ESTUDIO DEL CGPJ

Las mentiras de las mujeres respecto a los malos tratos, un mito

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Entre 530 resoluciones estudiadas, sólo una era falsa. Buena parte de las sentencias absolutorias se producen por la dispensa de la obligación de declarar de la víctima, recogida en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que data de 1882.

Tras cuatro años de vigencia de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, el Grupo de Expertos del Consejo General del Poder Judicial ha publicado un estudio acerca de la aplicación de la Ley por parte de las Audiencias Provinciales. Los datos que arroja rompen el mito de las denuncias falsas. De 530 sentencias que han integrado la muestra total del estudio, 34 corresponden a apelaciones contra sentencias dictadas en juicios de faltas, 472, a apelaciones contra sentencias dictadas en procedimientos abreviados por los Juzgados de lo Penal; y 24 sentencias fueron dictadas en única instancia por las Audiencias Provinciales. Sólo una era denuncia falsa. Usted, abogado, si se dedica a este campo se habrá encontrado, quizá, con datos más reveladores. Sin embargo, lo que le ha llegado al Consejo General del Poder Judicial da este resultado.

El perfil de la cara un una mujer mirando hacia arriba

El que las mujeres mienten, o exageran, acerca de los malos tratos de sus parejas, de cara a obtener condiciones más ventajosas a la hora de plantear un divorcio, es ya un lugar común. Sin embargo, un estudio del Observatorio de Violencia de Género, incardinado en el Consejo General del Poder Judicial, ofrece resultados opuestos. Bien es cierto que, tal y como nos hemos hecho eco en Legal Today, aún hay una batalla previa que librar, que tiene que ver con el miedo y la dependencia, tanto emocional como económica, de la pareja.

Del estudio también se desprende que la mayor parte de las resoluciones dictadas en el ámbito de la violencia de género, bien en fase de apelación, bien en enjuiciamiento en única instancia, son de condena, -lo que sucede en 450 sentencias, un 84,91 por ciento de la muestra-.

Respecto a los tipos penales que originan más pronunciamientos de condena, el maltrato ocasional, tipificado en el artículo 153 del Código Penal, es el más frecuente, con 267 sentencias condenatorias (59,33 por ciento).

Le siguen los delitos de amenazas leves, con 98 sentencias (21,78%) y de quebrantamiento de pena o medida cautelar o seguridad, con 46 sentencias (10,22%).

En este sentido, cabe recordar que las órdenes de alejamiento, que, en su mayor parte, se conceden, son muchas veces no cumplidas por connivencia de la propia mujer. En este sentido, y conforme al artículo 64.3 de la Ley Integral contra la Violencia de Género, está en marcha la implantación de dispositivos electrónicos que vigilen lo que a veces el ánimo no permite cuando de parejas se trata.

El estudio del CGPJ también revela que el delito de violencia habitual, regulado por el artículo 173.2 del Código Penal, sigue siendo de aplicación residual, con 28 sentencias condenatorias (6,22%) y 12 sentencias absolutorias (un 11,88% de las de este signo).

Una buena parte de las sentencias absolutorias en materia de violencia de género se producen por la dispensa de la obligación de declarar de la víctima, recogida en el artículo 416 de la actual Ley de Enjuiciamiento Criminal, que data de 1882. Ello genera importantes distorsiones puesto que este tipo de delitos se cometen normalmente en la intimidad, adquiriendo, por ello, la declaración de la víctima especial relevancia. La actual redacción de este precepto aproxima estos delitos, de alguna manera, a la consideración de delitos privados e inciden en la desprotección de las víctimas que se niegan a declarar.

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