Los propietarios de una vivienda demandaron a su vecino por las molestias que este les ocasionaba tocando de forma continuada el piano. El tribunal de instancia consideró que el veciono pianista debía insonorizar su habitación e indemnizar a los vecinos prejudicados con 4.500 €.

Al Audiencia Provincial de Cantabria reafirmándose en lo dicho por el tribunal inferior sostiene que "se trata de la vivienda, lugar de descanso, de paz y sosiego de la familia". Añade la Audiencia Provincial que escuchar sesiones de ensayo de nueve horas al piano "ni por la intensidad ni por la duración es humanamente soportable; y "menos para el canon del hombre medio que sirve de criterio a estos efectos para fijar la frontera entre lo soportable y lo no soportable, entre lo lícito y lo ilícito".
El pianista, según la resolución el pianista "no es que use de su libertad para decidir en su beneficio cuándo toca el piano, sino que a la vez está determinando la libertad y la capacidad de obrar de la familia actora".