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28/03/2024. 20:37:23

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LAS PENAS DE LA VIOLENCIA DOMÉSTICA, HECHAS PÚBLICAS POR EL CGPJ

Más de 14 años de cárcel, y una media de 212.808 euros de indemnización

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Los hombres que matan a sus parejas, o ex parejas, tienen que cumplir una media de 14 años de cárcel y, además, deben hacer frente a una responsabilidad civil que supone como media 212.808 euros, según se desprende de un estudio sobre las 35 sentencias dictadas en el año 2007 por los Tribunales del Jurado y las Audiencias Provinciales, competentes para el enjuiciamiento de asesinatos y homicidios consumados. Esto supone un incremento de 61.000 euros respecto al estudio de las sentencias dictadas en 2006.

Las penas de la violencia doméstica, hechas públicas por el CGPJ

 El estudio, realizado por el Grupo de Expertos en Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial, señala también que las 35 sentencias emitidas fueron condenatorias, y que de ellas, 27 (un 77 por ciento), fueron dictadas por los Tribunales del Jurado y 8 (un 23 por ciento) por las Audiencias Provinciales.

De acuerdo con el mismo estudio, se constata que el autor de los homicidios y/o asesinatos es mayoritariamente varón. Así, en el 77 por ciento de los casos analizados -27 de las 35 sentencias- fueron cometidos por hombres, mientras que el 23 por ciento restante, -ocho casos- la agresora fue mujer, sola o en compañía de otra persona, normalmente su nueva pareja sentimental. De ello se desprende, una vez más, que los homicidios y/o asesinatos ejecutados en el ámbito de la pareja o ex pareja son, en lo fundamental, violencia de género. Aunque supone un descenso de veinte puntos, respecto al anterior estudio de 2006.

En la gran mayoría de casos estudiados no constan, prácticamente, denuncias previas a los hechos, sólo se aprecia en 9 de las 35 sentencias estudiadas, lo que supone un 26 por ciento de los casos. En otras nueve sentencias se constata la existencia de agresiones o amenazas anteriores. Sólo 3 sentencias (un 9 por ciento) recogen que se hubieran adoptado medidas cautelares previas.

Del citado estudio, también se desprende que en el 40 por ciento de los crímenes habidos en el ámbito de la pareja o ex pareja (14 casos) existía un vínculo matrimonial, mientras en el 57 por ciento la relación afectiva era de convivencia de hecho (40 por ciento) o de noviazgo (17 por ciento).  Aunque este estudio refleja un incremento de 14 puntos en cuanto a la existencia de denuncias previas – y de 8 puntos  respecto a la existencia de agresiones y amenazas previas- frente al anterior estudio de 2006, continúa avalando las tesis de que las mujeres no percibieron con anterioridad, en la mayor parte de casos con resultado de muerte, la intensidad del riesgo al que estaban sometidas o que, percibiéndolo, no lo denunciaron. Y, además, pone de relieve que en el 69 por ciento de los casos el domicilio común, el de la víctima o el agresor fue el escenario del crimen.

En cuanto a la nacionalidad del autor, en el 66 por ciento de los casos es español -23 sentencias- y en el resto, un 34 por ciento de los casos -12 sentencias-, es extranjero. Asimismo, en lo que se refiere a las víctimas, el 65 por ciento son españolas. Las que restan, el 35 por ciento, son extranjeras.

Respecto a las circunstancias del agresor machista, el estudio constata, que básicamente, nos encontramos ante un varón, de entre 31 y 45 años, que emplea para matar varios mecanismos, fundamentalmente las armas blancas.

El estudio también evidencia el escaso porcentaje de supuestos en que se aprecia que autor de estos homicidios y asesinatos actúa a consecuencia de una enfermedad o alteración mental o bajo los efectos del alcohol o las drogas. No se  ha observado la circunstancia de alteración psíquica como atenuante en ningún caso, aunque sí se ha estimado como eximente incompleta en cinco casos, lo que supone un 14 por ciento de las sentencias estudiadas. Mismo porcentaje se observa respecto al consumo de bebidas alcohólicas o drogas. Con ello, se vuelve a evidenciar lo que ya ponía de manifiesto el anterior estudio, y es la escasa incidencia de la alteración mental o los efectos del alcohol o las drogas en la ejecución de los hechos.

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