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26/04/2024. 14:47:37

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Los bares y supermercados que no donen los excedentes de comida podrán ser multados

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Luis Planas

El Gobierno acordó ayer remitir a las Cortes el Proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, la primera regulación sobre esta materia que se promulga en España, con el fin de evitar el desecho de alimentos sin consumir y favorecer que se aprovechen mejor.

Igualmente, en el ámbito del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Gobierno aprobó el Proyecto de ley que establece las normas para la aplicación de la nueva Política Agraria Común (PAC). Además, ha establecido las bases reguladoras de una ayuda excepcional de 193 millones de euros para compensar a determinadas producciones agrícolas y ganaderas por las consecuencias de la invasión rusa de Ucrania.

Proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario

El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, destacó el carácter pionero de la futura Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario en la Unión Europea -solo Francia e Italia disponen de una regulación semejante- y su oportunidad, no solo porque todavía existen el hambre y la malnutrición en el mundo sino porque también «en estos momentos hablamos de la posibilidad de una crisis alimentaria y de la necesidad de la producción de alimentos en el mundo».

El despilfarro de alimentos, señaló Planas, es una ineficiencia de la cadena alimentaria, en la que se produce una pérdida del 20 %. Para reducir ese porcentaje, todos los elementos de la cadena, excepto las tiendas de menos de 1.300 metros cuadrados, estarán obligados a tener un plan específico. La ley impone también otras obligaciones, como la de que los establecimientos de hostelería tendrán que poner a disposición del cliente la comida no consumida para llevársela, si así lo solicita.

Planas destacó que, de ese 20 % de las pérdidas a lo largo de la cadena, un 40 % se da en la venta al por menor o en los hogares, de ahí que la ley tenga en la concienciación social del problema uno de sus pilares. Durante el año 2020, los hogares españoles tiraron a la basura 1.364 millones de kilos/litros de alimentos, una media de 31 kilos/litros por persona, que suponen 250 euros.

El texto regula, por otra parte, la donación a bancos de alimentos, estableciendo que solo podrán ser donados aquellos que estén dentro del periodo de consumo preferente, es decir, dentro del plazo en el que todas sus características están efectivamente vigentes.

Régimen sancionador

El régimen sancionador establece como falta grave no contar con un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, para la que prevé sanciones que pueden oscilar entre 2.001 y 60.000 euros, así como la segunda o ulterior infracción leve que suponga reincidencia en el plazo de dos años.

Se considerarán infracciones leves no aplicar la jerarquía de prioridades en el uso de los alimentos o que las industrias, empresas de distribución al por menor, de hostelería y restauración no lleven a cabo la donación de aquellos productos no vendidos que son aptos para el consumo humano a través de un pacto o convenio.

En el caso de las empresas y entidades de iniciativa social que sean receptoras de las donaciones, se considerará infracción leve que no entreguen los excedentes a personas desfavorecidas, o que establezcan algún tipo de discriminación en el acceso al reparto de alimentos (por motivos de discapacidad, edad, sexo, salud, orientación sexual, identidad o expresión de género, características sexuales, nacionalidad, situación administrativa, origen racial o étnico, religión o creencias, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social).

Asimismo se considerarán infracción leve la negativa a colaborar con las administraciones públicas para la cuantificación de los residuos de alimentos. La ley prevé para las infracciones leves sanciones de apercibimiento o multas de hasta 2.000 euros.

Como infracciones muy graves, sancionables con entre 60.001 y 500.000 euros de multa, se considerará la segunda o ulterior falta grave que se cometa en un plazo de dos años.

Proyecto de ley para aplicar la nueva PAC

El Proyecto de Ley que establece las Normas para la Aplicación en España de la Nueva Política Agraria Común (PAC) 2023-2027 regula obligaciones y objetivos, el régimen de sanciones y otras materias conexas relativas a la comercialización del aceite de oliva, la producción y comercialización de productos lácteos, la cría de animales, las mejores técnicas disponibles y la nutrición de suelos.

La PAC, repasó el ministro, constituye el 20 % de los ingresos medios de una explotación agrícola o ganadera en España y su dotación para el periodo 2023-2027 asciende a 47.724 millones de euros.

Dos novedades que resaltado el ministro son la obligación de relación electrónica con la administración para gestionar la PAC y la utilización del Sistema de Información de Explotaciones Agrícolas y Ganaderas, que permitirá un mejor control de las prestaciones, solicitudes y pago, la utilización de productos fitosanitarios, plaguicidas, pesticidas, antibióticos en la alimentación animal e incluso la contabilización de la utilización del agua en las explotaciones agrícolas y ganaderas. «Será de aplicación voluntaria entre 2023 y 2025 y a partir de entonces tendrá carácter obligatorio», puntualizó Planas.

El ministro anunció que la norma aprobada ayer será completada con hasta dieciocho reales decretos hasta diciembre, para conformar «el conjunto de este complejo y espeso instrumento y arquitectura legal de la PAC, tan importante para España». Este verano, además, se prevé que pueda ser aprobado definitivamente el Plan Estratégico de España para la PAC, en el que han trabajado conjuntamente el Gobierno de España y las comunidades autónomas.

Ayudas directas para el sector agrícola y ganadero

El Real Decreto que Establece las Bases Reguladoras para la Concesión Directa de una Ayuda Excepcional de 193,47 millones de euros para Compensar a Determinadas Producciones Agrícolas y Ganaderas por las Dificultades Económicas Derivadas del Conflicto Bélico en Ucrania, se enmarca en el Plan Nacional de Respuesta a las Consecuencias Económicas y Sociales de la Guerra en Ucrania.

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