Un vehículo resultó sustraído del aparcamiento exterior de un hotel en Marbella. La aseguradora reclamó al hotel el importe de la indemnización por robo y este no se hacía cargo de dicho monto.
En la presente resolución el Tribunal Supremo examina la categoría del hotel y la ubicación y características del aparcamiento, para llegar a la conclusión de que el servicio de aparcamiento figuraba incluido en el contrato de hospedaje e imponía un deber de vigilancia; y aprecia, que no se había puesto en conocimiento del cliente ni se le había advertido de las consecuencias y responsabilidades derivadas de no solicitar un servicio de aparcamiento cerrado de que el hotel disponía.