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11/05/2024. 05:03:55

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“Los usuarios podrán acceder, rectificar y cancelar sus datos así como ejercitar su derecho de oposición…”

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Esta coletilla que, añadida a multitud de ficheros relativos a los servicios, encuestas y suscripciones más variopintas; antes pasaba desapercibida, ahora es valorada por los usuarios de un modo mayoritario: la Agencia Española de Protección de Datos ha cuantificado en un 70 por ciento del total de acciones de tutela de privacidad las que se refieren a los derechos de acceso y cancelación de datos personales en archivos.

“Los usuarios podrán acceder, rectificar y cancelar sus datos así como ejercitar su derecho de oposición…”

La inscripción de ficheros en la Agencia Española de Protección de Datos que contienen datos personales sigue creciendo, confirmándose una tendencia iniciada hace años: la Memoria de la Agencia correspondiente a 2008 refleja que en ese período se inscribieron 250.313 nuevos ficheros con datos de carácter personal, alcanzándose, de ese modo, un número total de 1.267.579 "almacenes" legalizados y controlados de datos.

Por lo que respecta a los fines de los ficheros que se inscribieron en la AEPD el año pasado, el mayor incremento se produjo en videovigilancia: los ficheros se han multiplicado desde 2007, alcanzando una cifra total de 15.510. El 98,1% de ellos son de empresas y entidades privadas y sólo el 1,9%, de administraciones y empresas públicas.

Las tutelas de derechos siguen incrementándose en la AEPD. A lo largo de 2008, se atendieron un total de 1.229 quejas. Ello significa un incremento del 44% respecto a 2007.

Dichas tutelas se han concentrado en los derechos de cancelación, en un 70 por ciento de las ocasiones, y de acceso; un 22,5%. Es significativo, en este sentido, el aumento de solicitudes de tutela de derechos respecto a los buscadores en Internet, dado que permiten el acceso a datos personales que antes eran difícilmente localizables.

Según recoge la Memoria de la Agencia correspondiente a 2008, las solicitudes de cancelación se refirieron principalmente a haber sido incluidos en ficheros de información sobre solvencia patrimonial y crédito por parte de entidades financieras, permanecer en bases de datos de empresas de móviles e Internet una vez terminada la vinculación contractual, no ser borrados antecedentes policiales prescritos; y, por último, historiales clínicos que daban vueltas por consultas y cajones sin control. El Derecho de cancelación se ejerce en virtud del artículo 16 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los artículos 15 y 16 del Real Decreto 1332/94, de 20 de junio, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, vigentes al amparo de la disposición transitoria tercera de la citada Ley Orgánica 15/1999, y en la Norma Tercera de la Instrucción 1/1998, de 19 de enero, relativa al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación

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