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09/05/2024. 18:07:05

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¿Puede volver a intentarlo un inmigrante expulsado?

EP

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el veto de entrada por un periodo de tres años en España a un inmigrante que fue devuelto a su país en un plazo de 72 horas, tras haber llegado a la costa malagueña a bordo de una patera.

¿Puede volver a intentarlo un inmigrante expulsado?

Dicha sentencia ha sido dictada a raíz de un recurso interpuesto por el equipo jurídico de la organización Andalucía Acoge en representación de un inmigrante que fue localizado a dos millas de la costa malagueña cuando viajaba en una embarcación junto a otros 35 indocumentados.

En concreto, la sentencia precisa que la prohibición de volver al país "está prevista en el artículo 58 de la Ley 4/2000 para los supuestos en los que se acuerde la expulsión del extranjero, pero cuestión distinta es que pueda adoptarse esa sanción, sin que medie un procedimiento".

"Y es que la previsión del artículo 58 es que acompañe a la sanción de expulsión del territorio del Estado la prohibición de entrada al mismo en el plazo de tres años, más no puede concluirse, que la misma medida pueda seguir a la devolución acordada, al menos sin expediente administrativo previo pues, en realidad, siendo compañía obligatoria a la expulsión la adopción de esa sanción si requiere la instrucción de un procedimiento sancionador y, de hecho, así se habría tenido que tramitar, so pena de nulidad absoluta de la orden de expulsión", añade la sentencia.

"Por ello, aun cuando la prohibición de entrada pudiera acordarse junto con la medida de devolución, aquella, en todo caso, necesitará del oportuno expediente y de la necesaria y específica motivación por tratarse de una medida limitativa de derechos que requiere la correspondiente interpretación restrictiva", concluye.

PETICIÓN A LÓPEZ GARZÓN

El abogado de Andalucía Acoge José Luis Rodríguez Candela explicó que con esta sentencia "se abre la vía para la emigración legal de aquellas personas que han sido devueltas a sus países de origen y que estaban condenadas a intentar volver a España de manera irregular". "No puede imponerse una prohibición de entrada a unos inmigrantes que suelen llegar en pateras y que no han cometido ningún delito", apostilló.

Por ello, Rodríguez Candela, que aseguró que esta sentencia es firme y "no recurrible", pidió al delegado del Gobierno en Andalucía, Juan José López Garzón, que dicte las instrucciones oportunas para que en lo sucesivo no se produzca una prohibición de entrada en la comunidad a aquellos inmigrantes que habían sido devueltos por entrar de manera irregular

Asimismo, explicó que al anularse este veto, los inmigrantes tienen la posibilidad de regularizar su situación en España a través del arraigo o cualquiera de las fórmulas tradicionales que hasta la fecha les estaban vetadas. "Eran trasladados por el Gobierno hasta la Península, pero una vez aquí les bloqueaba todas las posibilidades de regularización", aseguró.

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