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22/03/2023. 14:37:48

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¿Qué leyes hay en la agenda de 2013 del Ministerio de Justicia?

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El Ministerio tiene su hoja de ruta legislativa para el año que está empezando, plasmada en Los Presupuestos Generales del Estado. Los nuevos textos serían, fundamentalmente, la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Planta y Demarcación Judicial, la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la Ley de Jurisdicción Voluntaria y un nuevo Código Mercantil. Pero también la Ley de Navegación Marítima, la Ley de cooperación y de reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, la Ley de modificación de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, Ley de modificación de la regulación de la tutela, curatela y otros preceptos del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Ministerio de Justicia

Entre las nuevas leyes que tienen que ser elaboradas, se encuentran, según los Presupuestos Generales del Estado, la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Planta y Demarcación Judicial, la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la Ley de Jurisdicción Voluntaria y un nuevo Código Mercantil. La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal se ocupará de inercias judiciales y vacíos que desprotegen al reo y desorientan al abogado.

Según el documento, la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial planteará una reforma en profundidad de la Administración de Justicia siguiendo como línea maestra un cambio radical del modelo de organización de la justicia española, superando el modelo actualmente estructurado en torno a los órganos unipersonales de instancia. Se revisará la oficina judicial y se la liberará de todos los problemas que la agobian y que impiden su pleno funcionamiento. Se garantizará una verdadera justicia profesional, a través de fórmulas que busquen y alcancen la objetividad de los respectivos sistemas de acceso, de nombramiento, de formación y de promoción de los jueces, de secretarios judiciales y de todo el personal de la Administración de Justicia. Primará el mérito y la capacidad y también la especialización en la promoción, apostando por una formación continua de sus miembros. El Congreso cambia el proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial mientras los jueces reclaman cierto control de los acontecimientos.

 

De forma paralela, como consecuencia de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial se elaborará un proyecto de ley de Demarcación y Planta Judicial. Esta es una reforma necesaria, por cuanto los conceptos básicos, señaladamente el de partido judicial, con arreglo a los cuales secularmente ha funcionado nuestra justicia y que fueron todavía vigentes en la ley de 1988, respondían a una realidad social, económica, demográfica y de infraestructuras, que es muy distinta de la actual y que es necesario actualizar, tal y como especifica el documento del Ministerio..

Por lo que se refiere al ámbito penal, se elaborará el correspondiente proyecto para la aprobación de una nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal. Este es, por su envergadura, un proyecto de legislatura. El actual enjuiciamiento criminal se sustenta sobre una ley de hace más de un siglo, que necesita adaptarse urgentemente a lo que debe ser un proceso en el siglo XXI para establecer una regulación precisa que permita afrontar, de acuerdo con la perspectiva actual y con la experiencia acumulada en estos años, determinadas cuestiones que hoy son objeto de preocupación social, el sometimiento a plazo del secreto de sumario, el adecuado control de las intervenciones telefónicas, la necesidad de limitar las situaciones procesales pasivas, el papel que debe cumplir en la investigación de los delitos una policía judicial moderna al servicio de jueces y fiscales, y la regulación de la fase de investigación a fin de garantizar que esta se realice con total imparcialidad y con absoluto respeto a las garantías procesales fundamentales.

En este contexto, se planteará la configuración, en la fase de investigación e instrucción de los delitos, del papel que debe jugar el Ministerio Fiscal. Esta reforma se afrontará contando con una participación muy activa de la Fiscalía General del Estado y del Consejo General del Poder Judicial, buscando el consenso entre ambos organismos para establecer cuál es el papel que en la instrucción penal deben tener los fiscales.

También está programada un nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria, una ley que permita solventar extrajudicialmente controversias que ahora tienen entrada innecesariamente en sede judicial y que podrían atribuirse a la competencia de determinados profesionales de la máxima cualificación. Será un medio eficaz para desjudicializar, para reducir el volumen de asuntos de naturaleza no estrictamente judicial, que permita la inmediata introducción de este eficaz instrumento dentro de nuestro sistema procesal.

Al objeto de poner a disposición de los ciudadanos un mecanismo de resolución de conflictos de carácter voluntario, ágil, flexible y económico, y que contribuya a que muchos asuntos que en estos momentos llegan a juzgados y tribunales sean resueltos con anterioridad, se aprobó la Ley 5, de 6 de julio de 2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.

En el marco del objetivo del Gobierno de garantizar la unidad de mercado, se propondrá un nuevo Código Mercantil que contribuya a llevar a nuestra economía a una situación de competitividad real. Este nuevo Código que sustituirá al viejo Código de Comercio, que data de 1885, no solamente va a integrar la dispersa legislación mercantil, sino que además tiene intención de completarla, de modernizarla y de adaptarla a las exigencias de la nueva realidad económica de España introduciendo seguridad jurídica al tráfico mercantil en el territorio nacional. El nuevo Código Mercantil regulará las comunicaciones electrónicas, los contratos turísticos y los financieros mercantiles.

Respecto a la legislación concursal, según los presupuestos, se revisarán algunos aspectos para garantizar la responsabilidad civil de los administradores concursales mediante la obligatoria contratación de un seguro y la aprobación de un nuevo sistema arancelario que establezca una adecuada retribución evitando situaciones abusivas. Los administradores concursales deberán estar asegurados para responder de hasta 4 millones de euros.

Otras normas cuya tramitación se efectuará a lo largo del año 2013 son las siguientes: Ley de Navegación Marítima, Ley de cooperación y de reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, Ley de modificación de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, Ley de modificación de la regulación de la tutela, curatela y otros preceptos del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para su adaptación al artículo 12 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptada por Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006, Ley de reforma de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad, para incorporar la Directiva 2011/7/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, el Real Decreto por el que se regula el Registro Público Concursal. Asimismo se revisará la regulación del régimen de custodia en caso de divorcio y se trabajará conjuntamente en aquellos proyectos que, pese a ser impulsados por otros departamentos ministeriales, afecten en alguna medida a las competencias que este ministerio tiene atribuidas.

También se tramitará conforme afirma el documento del Ministerio incluido en los presupuestos la reforma de la Ley 20/2011, de 21 de julio, de Registro Civil, para convertirlo en un registro integral de la persona física, en el que, además de todos los hechos y actos relativos al estado civil de las personas, se incorporen cualesquiera otros que pudieran afectarle, introduciendo la regulación del matrimonio celebrado ante Notario, y dando respuesta a problemáticas que, como la identificación de los recién nacidos o la denominada maternidad por sustitución, tienen en la actualidad una gran relevancia social, dotando a este tipo de procedimientos de las mayores garantías técnicas y jurídicas posibles.

Se abordará asimismo la modificación de la Ley Hipotecaria con la finalidad de agilizar el procedimiento registral en todas sus fases, acentuando sus garantías, introduciendo la llevanza del registro por medios electrónicos, y facilitando el acceso de los ciudadanos a la información registral en especial a través de la publicidad formal electrónica.

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