De acuerdo con las normas internacionales y europeas, la seguridad aérea es una responsabilidad que compete en primer lugar a los operadores. Se creará escindiendo la actual Dirección General de Aviación Civil. La Dirección General de Aviación Civil conservará la potestad normativa.
El Consejo de Ministros aprobó el viernes un Real Decreto por el que se agiliza la creación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea facilitando el procedimiento para su financiación durante 2008 hasta que se le asigne, en el siguiente ejercicio, un presupuesto propio. La Agencia podrá desarrollar sus competencias durante 2008 directamente con cargo a los presupuestos de la Dirección General de Aviación Civil.
Tanto la Organización de la Aviación Civil Internacional como la Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea habían insistido hace tiempo en que los Estados adoptasen medidas adicionales en materia de seguridad, teniendo en cuenta los tráficos crecientes y los altos niveles de congestión del espacio aéreo y de los aeropuertos.
En España, en el mes de febrero de este año se aprobó la creación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea por Real Decreto 184/2008, en virtud de la disposición adicional tercera de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos. Debería haber entrado en funcionamiento antes del 2 de junio de este año.
Se fundamenta en la importancia estratégica para España del tráfico aéreo tanto desde el punto de vista de las comunicaciones internacionales y la vertebración y cohesión territorial, como por su contribución a la actividad económica, al desarrollo de la industria turística y a la generación de empleo; y el incremento continuado que experimenta; cuestiones todas ellas que hacen surgir, sobre todo, la necesidad de un aumento en la Seguridad de los tránsitos.
La Agencia se crea escindiendo la actual Dirección General de Aviación Civil. En este nuevo modelo de gestión, será competencia de la Dirección General de Aviación Civil proponer medidas políticas y estratégicas para promover el desarrollo del sector del transporte aéreo, negociar y revisar convenios internacionales bilaterales de transporte aéreo, representar al Ministerio de Fomento en los foros nacionales e internacionales correspondientes y el desarrollo normativo.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por su parte, asumirá principalmente las competencias inspectoras y sancionadoras de la actual Dirección General de Aviación Civil, en materia de seguridad aérea y protección de los derechos de los pasajeros.
Además, se separan las secretarías del Consejo Rector y de la Comisión de Control de la Agencia, de forma que no recaigan en una misma persona; reforzando de este modo la separación entre ambos órganos de la Agencia y la capacidad de control de la Comisión.
Ventajas frente al sistema actual desde el Dirección General de Aviación Civil
Frente al funcionamiento actual de la DGAC, la nueva Agencia permite:
- Una mayor flexibilidad y agilidad en la gestión de los recursos humanos.
- Mayores posibilidades para incorporar a profesionales con experiencia en el sector de la aviación en una estructura mixta de funcionarios y personal laboral.
- Posibilidad de una mayor dedicación y especialización en las actividades relacionadas con la seguridad aérea.
- Más facilidad para desarrollar estudios y trabajos de investigación en materia de seguridad aérea, conjuntamente con fabricantes de aviones y de equipos y operadores aéreos.
- Generar con su actividad ingresos adicionales que permitan avanzar hacia la autosuficiencia financiera o que contribuyan a financiar los gastos asociados a la mejora de las condiciones de seguridad aérea.