Con carácter temporal, exclusivamente para 2011 y 2012
La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos entregó esta semana en Moncloa el proyecto de Real Decreto-Ley que se aprobará en Consejo de Ministros para restablecer el gravamen sobre el Impuesto de Patrimonio.
El Impuesto sobre el Patrimonio se estableció en el año 1977 en la Ley de Medidas Urgentes de Reforma Fiscal, como un tributo de carácter extraordinario, en el marco de la profunda reforma del sistema tributario iniciada ese año. De hecho, tal y como señalaba su exposición de motivos, era de carácter excepcional y transitorio, pendiente de configuración definitiva.
Técnica fiscal
En el plano de la técnica fiscal, el Impuesto sobre el Patrimonio se planteó como un impuesto estrictamente individual sobre las personas físicas, en el que se excluyó cualquier alternativa de imposición familiar conjunta, consolidando lo establecido en la Ley 20/1989, de 28 de julio, de Adaptación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas. El hecho imponible recaía sobre la titularidad de bienes y derechos, objeto impositivo separable del hecho familiar, tanto desde el punto de vista de su delimitación como desde el de la determinación de la capacidad contributiva.
Desde el momento de su establecimiento, las transformaciones, tanto del entorno económico internacional como las mismas modificaciones introducidas en el tributo, hicieron que perdiese su capacidad para alcanzar de forma eficaz los objetivos para los que fue diseñado. En el actual contexto, resultó positivo en 2008, a juicio del Gobierno, suprimir el gravamen derivado de este impuesto mediante la fórmula más idónea para asegurar su eliminación efectiva e inmediata.
Vuelta a empezar
Retomar el impuesto tiene como principal objetivo reforzar la estabilidad presupuestaria de acuerdo con el principio de equidad, gravando la capacidad contributiva adicional que representa la posesión de un patrimonio a partir de determinada cuantía.
El gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio se restablece con carácter temporal y sólo para los patrimonios más altos, con el fin de reforzar el equilibrio de las finanzas públicas distribuyendo la contribución a este objetivo de forma más equitativa.
La Ley 19/1991, de 6 de junio, estableció con carácter estable un Impuesto sobre el Patrimonio, que fue exigible hasta la entrada en vigor de la Ley 4/2008, de 23 de diciembre, por la que, sin derogarlo, se anuló la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio, entre otras razones por gravar patrimonios medios. En este momento, la crisis económica hace necesario el restablecimiento de este impuesto aplicando el principio de equidad, de manera que permita gravar los patrimonios más elevados para que quienes más tienen contribuyan en mayor medida a la salida de la crisis, favoreciendo el cumplimiento de los objetivos de estabilidad asumidos por España.
El impuesto se restablece con carácter temporal exclusivamente para los años 2011 y 2012, debiéndose presentar las declaraciones y realizar los ingresos correspondientes a dichos ejercicios, respectivamente, en 2012 y 2013.
Modificaciones en el impuesto
La recuperación del Impuesto de Patrimonio introduce al mismo tiempo una importante modificación para evitar que se graven los patrimonios medios. Así, se eleva el mínimo exento hasta los 700.000 euros por contribuyente, prácticamente multiplicando por siete el mínimo anterior, lo que excluye del gravamen a las clases medias, que eran en gran medida quienes lo soportaban hasta cuando se eliminó en 2008.
Además, se eleva el mínimo exento para vivienda habitual hasta 300.000 euros, lo que supone doblar el existente hasta 2008.
Sobre la base de los datos
correspondientes a las declaraciones del ejercicio 2007 (último en el que se
exigió el gravamen), se ha estimado que el número de contribuyentes por este
impuesto se situaría ahora en torno a 160.000, y que la recaudación
anual podría ascender a unos 1.080 millones de euros si el impuesto se aplica
con los mismos parámetros en el conjunto de España.patrimonios medios. En este
momento, la crisis económica hace necesario el restablecimiento de este
impuesto aplicando el principio de equidad, de manera que permita gravar los
patrimonios más elevados para que quienes más tienen contribuyan en mayor
medida a la salida de la crisis, favoreciendo el cumplimiento de los objetivos
de estabilidad asumidos por España.
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