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24/04/2024. 23:40:03

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Todas las policías autonómicas y abogados podrán ser vocales de la Comisión Nacional para el uso forense del ADN

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Representantes de todas las Policía Autonómicas que puedan aportar información a la base de datos policial de ADN, así como abogados, podrán integrar como vocales la Comisión Nacional para el uso forense del ADN. Esta novedad se dispone en un Real Decreto aprobado el viernes por el Consejo de Ministros, en el que se actualiza la composición de la citada Comisión.

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, y la ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

También se incluyen entre los vocales a un representante de la Fiscalía General del Estado, otro del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y posibles expertos autorizados por la presidencia de la propia Comisión, como la Agencia de Protección de Datos y, como hemos indicado, abogados o genetistas.

Hasta ahora su composición estaba regulada por el Real Decreto 1977/2008, de 28 de noviembre, que incluía expresamente a un representante de los Mossos d'Esquadra y otro de la Ertzaintza. El citado Real Decreto establecía (art. 4.2), en referencia al nombramiento de los vocales de las policías autonómicas que forman la Comisión, lo siguiente:

2. Cuando los ficheros o bases de ADN de las policías autonómicas se integren en la base de datos policial sobre identificadores obtenidos a partir del ADN y se suscriba el acuerdo correspondiente, también serán vocales de la Comisión Nacional para el uso forense del ADN: Un representante de la base de datos de ADN dependiente de los Mossos d'Esquadra. Un representante de la base de datos de ADN dependiente de la Ertzaitnza.

Otras referencias normativas para la Comisión Nacional para el uso forense del ADN son:

  • Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
  • Ley Orgánica 10/2007, de 8 de octubre, reguladora de la base de datos policial sobre identificadores obtenidos a partir del ADN.

En cuanto a las competencias de la Comisión y según recordaba el pasado viernes el Ministerio de Justicia en una nota, tiene atribuidas distintas funciones relacionadas con la acreditación, la coordinación, la elaboración de protocolos oficiales y la determinación de la condiciones de seguridad de los laboratorios facultados para contrastar perfiles genéticos en la investigación y persecución de delitos y la identificación de cadáveres:

  • Acreditación. Se acreditarán aquellos laboratorios que estén facultados para contrastar perfiles genéticos en la investigación y persecución de delitos y la identificación de cadáveres o averiguación de personas desaparecidas, así como evaluar su cumplimiento y establecer los controles oficiales de calidad a los que deban someterse de forma periódica. Deberán contar previamente con la certificación de calidad otorgada por la entidad de acreditación correspondiente.
  • Criterios de coordinación. Se establecerán los criterios de coordinación entre los laboratorios acreditados y llevará a cabo el estudio de todos aquellos aspectos científicos y técnicos, organizativos, éticos y legales que garanticen el buen funcionamiento de los laboratorios que integran la base de datos policial sobre identificadores obtenidos a partir del ADN.
  • Protocolos. Se elaborarán y aprobarán los protocolos técnicos oficiales sobre la obtención, conservación y análisis de las muestras, incluida la determinación de los marcadores homogéneos sobre los que los laboratorios acreditados han de realizar los análisis.
  • Condiciones de seguridad. Se determinarán las condiciones de seguridad en la custodia de las muestras, la estricta confidencialidad y reserva de las mismas, así como de los análisis y de los datos que se obtengan de éstos.

La Comisión, con autorización de su presidente, también podrá solicitar el asesoramiento del personal adscrito a los distintos laboratorios de análisis del ADN con fines de investigación criminal o de identificación de desaparecidos.

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