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16/04/2024. 13:30:03

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Un procedimiento de asilo único y más equilibrado

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La UE está en proceso de modificar su normativa referente al asilo político. Se busca aumentar la cobertura para las víctimas de persecuciones, tal y como había solicitado el Consejo Europeo en el Pacto sobre Inmigración y Asilo.

La Comisión Europea ha adoptado varias propuestas de modificación de dos de los instrumentos legislativos vigentes del Sistema Europeo Común de Asilo: la Directiva sobre los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de personas que necesitan protección internacional y la Directiva sobre procedimientos de asilo. Las propuestas se dirigen a mejorar la coherencia de los instrumentos de asilo de la UE, simplificar y consolidar las normas materiales y procesales de protección en toda la Unión y, en consecuencia, prevenir el fraude y aumentar la eficiencia del procedimiento de asilo.

Mano extendida sobre fondo azul

Las modificaciones se atienen a las propuestas presentadas por la Comisión, de las que informamos en su día, para aplicar el Programa de La Haya y el Plan de Política de Asilo 1: la Directiva sobre las condiciones de recepción de los solicitantes de asilo, el Reglamento de Dublín, el Reglamento Eurodac, el Reglamento relativo a la Oficina Europea de Apoyo al Asilo y el Programa Conjunto de la UE en materia de Reasentamiento.

El Vicepresidente Jacques Barrot, Comisario responsable de Justicia, Libertad y Seguridad, ha declarado que "la Comisión sienta las últimas bases del Sistema Europeo Común de Asilo. En los últimos años se han logrado avances significativos gracias a la aplicación de normas comunes, pero todavía siguen existiendo disparidades considerables entre los Estados miembros. Nuestras propuestas suponen un gran paso adelante hacia la instauración de normas de protección más rigurosas, el establecimiento de reglas de juego más uniformes y el incremento de la eficiencia y la coherencia del sistema".

La propuesta obedece a los siguientes fines principales:

  • Aclarar algunos conceptos jurídicos utilizados para definir los motivos de protección, como "agentes de la protección", "protección interna" o "pertenencia a un grupo social determinado". Por ejemplo, los aspectos relacionados con el género serán mejor tenidos en cuenta en la valoración de las solicitudes. Estas aclaraciones permitirán a las autoridades nacionales aplicar los criterios con mayor firmeza y distinguir más rápidamente a aquellas personas que realmente necesiten protección .
  • Eliminar las diferencias existentes en el nivel de derechos otorgados a los refugiados y a los beneficiarios de protección subsidiaria, que ya no pueden considerarse justificadas. Las modificaciones se refieren a la duración de los permisos de residencia y al acceso a la protección social, la atención sanitaria y el mercado de trabajo.
  • Mejorar el acceso efectivo a los derechos ya conferidos por la Directiva , teniendo en cuenta las dificultades concretas de integración que afrontan los beneficiarios de protección internacional. Por ejemplo, no pueden solicitar a las autoridades de su país pruebas documentales de sus cualificaciones académicas o profesionales. Así pues, la propuesta trata de ayudarles a superar esos obstáculos prácticos, simplificando el procedimiento de reconocimiento de sus cualificaciones y facilitándoles el acceso a la formación profesional y a los dispositivos de integración.

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