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23/04/2024. 14:21:32

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Jueces en redes sociales, tu pasado digital también cuenta

Abogado.
Fundador de Law&Trends
Consultor de Social Media @fbiurrun

  • Las intervenciones en redes sociales deben ajustarse al concepto de neutralidad política que impregna los principios de imparcialidad, independencia e integridad.
  • …mantener la confianza de la población en el Poder Judicial, el derecho a un juicio justo, así como la imparcialidad, integridad e independencia del sistema judicial en su conjunto

Son varios jueces y fiscales los que usan las redes sociales como una herramienta más de comunicación.  La mayoría de los que sigo emplean las plataformas sociales como un tablón de comunicación, ágil y original, para difundir sus opiniones doctrinales. Es más, algunos de ellos tienen tanto éxito en los hilos que publican en Twitter que diversas publicaciones jurídicas se hacen eco de sus opiniones. Un formato fresco, con mensajes claros, limitados en el espacio que permiten una comunicación cercana con el resto de los profesionales jurídicos. Podríamos decir que este tipo de actividad se está convirtiendo en un caso de éxito en la comunicación jurídica.

Hace unas semanas se entregaron los despachos de nuevos jueces y juezas. Leyendo mi time line, una de las afortunadas celebraba con sus seguidores y seguidoras el momento dulce que suponía su acceso a la judicatura. Una de los cientos de cuentas que sigo, pero que no la tenía del todo identificada. Así, que picado por la curiosidad me puse a revisar su TL de Twitter.

Esto es algo que cualquier cargo público o incluso cualquier candidato a nuevo trabajo va a tener que soportar, algo que van a hacer los medios e, incluso, los empleadores. En un principio sus tweets eran los normales de una joven opositora que había vivido encerrada con los “tochos”, los códigos y todo el material propio de una opositora. Pero sin profundizar mucho me encontré con una serie de tweets en la que la opositora manifestaba su opinión política con un manifiesto sesgo aun determinado partido político. Suficiente para que se algún día en el futuro tuviera que juzgar a algún miembro de dicho partido político o tuviera que conocer de un asunto en el que el partido político fuera parte fuera recusada.

Me surgió la duda de si esta nueva jueza era consciente de lo que suponía su pasado digital para su nuevo futuro profesional. Es evidente que las normas deontológicas de la judicatura sobre el uso de las redes sociales por jueces y magistrados le afectarán de ahora en adelante, pero, como comentaba antes. la hemeroteca y el acervo digital no es solo algo que se usa contra los políticos, sino que todo cargo público en general. Un buen momento para que nuestros futuros jueces hagan una revisión crítica de su pasado digital y, también, lo adapten a una de las recomendaciones de la Comisión de Ética Judicial, que en su dictamen de 14 de enero de 2021 recomendaba que “Las intervenciones de los jueces y juezas en entrevistas, coloquios, participaciones públicas y redes sociales deben ajustarse al concepto de neutralidad política que impregna los principios de imparcialidad, independencia e integridad.”

“Prudencia y moderación son las dos actitudes sobre las que pivota la libertad de expresión del Juez o Magistrada” señala la Comisión de Ética Judicial en su dictamen. En este mismo sentido las Directrices no vinculantes sobre el uso de las redes sociales por parte de los jueces, aprobadas en noviembre de 2018 en el marco de Naciones Unidas, señalan lo siguiente: “Es importante que los jueces, tanto como ciudadanos, como en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, se involucren en las comunidades en las que sirven. En una era en que dicha participación incluye cada vez más actividades en línea, no se debe prohibir la participación adecuada de los jueces en las redes sociales. Sin embargo, el beneficio público de dicho involucramiento y participación virtual debe estar en equilibrio con la necesidad de mantener la confianza de la población en el Poder Judicial, el derecho a un juicio justo, así como la imparcialidad, integridad e independencia del sistema judicial en su conjunto”.

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