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24/04/2024. 18:57:24

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¿Con quién quieres vivir, con papá o con mamá?

Licenciada en Periodismo por la Universidad de Navarra (2007) y en Derecho por la U.N.E.D (2013).

Pilar Vilella Llop

Una conocida juez muy activa en redes sociales, LadyCrocs, explicaba en Twitter un momento de su vida que recuerda con intensidad: “¿Con quién quieres ir, con papá o con mamá?» Esa pregunta me la hicieron cuando tenía ocho años y aún retumba en mi cabeza. Esa decisión la toman los adultos, no los niños; y deben hacerlo en función de sus circunstancias y en beneficio del niño. Si le preguntas eso a un niño, a bocajarro, puedes crear una especie de sentimiento de lealtad hacia uno u otro, lo que le generará un conflicto interior. ¿Os imagináis que os lo pregunten a vosotros de vuestros hijos? «¿Con quién te quedas, con María o con Juan?»

Esta es una triste realidad a la que se enfrentan muchos niños y adolescentes cuando sus padres deciden poner fin a su relación, especialmente en rupturas de alta conflictividad, y lo hacen además involucrando a sus hijos, que son expuestos a una serie de situaciones que pertenecen a un mundo de adultos.

Algunos magistrados que han dedicado toda su vida al derecho de familia, como Pascual Ortuño (Audiencia Provincial de Barcelona) hablan ya de una forma de maltrato infantil, debido a que los menores son sometidos a altos niveles de estrés que muy a menudo acaban causándoles problemas de salud, trastornos alimenticios, problemas psicológicos y sociales… Este maltrato se da no solamente en el día a día que sufren los menores, encontrándose en el centro del conflicto entre sus padres, sino también en los momentos puntuales en los que deben comparecer ante un Juez, en el trámite conocido como la audiencia del menor.

Son varias las sentencias que hacen referencia al maltrato emocional del menor en el proceso. Así, la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 22 de 1 de abril de 2017, considera "contraproducente las evaluaciones de la menor que prolongan la duración del conflicto y dan lugar a un exceso de intervencionismo de profesionales". En la misma línea, la AP de Barcelona evitó "la exploración de un menor con espectro autista, rigidez cognitiva y problemas de relación para evitarle tensión y judicialización de sus vivencias". Nuestros Tribunales comienzan a ser conscientes del trastorno que supone para un menor estos ir y venir por las salas de los Juzgados, y lo mucho que le cuesta entender todas esas cuestiones que pertenecen al mundo de sus padres.

Personalmente, he evitado la comparecencia de los menores ante el Juez en los procedimientos de Familia salvo que fuese totalmente necesario, y mucho menos por peticiones espurias de los clientes, cuando el único interés que parece mostrarse es el de utilizar a sus hijos para mostrarse como triunfadores del pleito. Cuando he tenido que citarlos por considerarlo pertinente, primero me he tomado un café (léase cola-cao)  con ellos para explicarles en qué consistía esa visita al Juez. Todos han mostrado cierto miedo y nerviosismo, así como también enfado con sus padres por hacerles pasar ese mal trago. Realmente es doloroso escuchar cómo cuentan que no han dormido, que se les cierra el estómago, y que están hartos de repetir esas situaciones, con cierta resignación impropia de un niño. Me consta que muchos compañeros de profesión siguen esta práctica, que sin duda considero imprescindible, con el objetivo de quitar hierro al asunto, en un tono desenfadado y para que sientan que no están solos; que a pesar de verse obligados a pasar ese trance, sean conscientes de que las decisiones que se tomen redundarán en su propio beneficio.

Aunque una cosa es cierta; los jueces, especialmente aquellos que dirigen Juzgados especializados en Familia, tienen ahora una sensibilidad especial ante esas situaciones. Las audiencias se realizan en un ambiente amigable, sin togas negras que puedan cohibirles o asustarles, en un diálogo de tú a tú donde se evitan preguntas tan poco acertadas como la que Ladycrocs recuerda todavía ( y que puede ser formulada tanto por los progenitores como por el juez).

Los jueces evitan así que el peso de la decisión recaiga sobre el menor. El niño debe entender por qué está en el juzgado y saber las cuestiones que se le van a plantear, en un formato, según recoge la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, "accesible y adaptado a sus circunstancias, informándole tanto de lo que se pregunta como de las consecuencias de su opinión". En cuanto al modo de llevar a cabo la audiencia, la ley solamente indica que  éstas realizarán de forma adecuada a la situación y desarrollo evolutivo del menor con la asistencia, si fuera necesario, de profesionales cualificados o expertos, cuidando preservar su intimidad y utilizando un lenguaje que sea comprensible para él, en formatos accesibles y adaptados a sus circunstancias , con pleno respeto a todas las garantías del procedimiento.

Por otro lado, debemos ser conscientes de que no siempre será ni necesario ni positivo escucharle, especialmente en las situaciones en las que los progenitores están de acuerdo en las medidas concernientes a sus hijos y las mismas no resulta perjudicial para el menor. No es por tanto adecuado solicitar su audiencia por defecto, como una copia pega de la demanda, debiendo por tanto hacerlo en casos contados y siendo conscientes de las consecuencias que ello implica para ellos.

 

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