Advertida de que los acreedores ordinarios nunca cobran y que casi todos los concursos acaban en liquidación, la mayoría del Senado seguramente consideró que en el reparto del pastel concursal –del que quedan fuera los acreedores y los trabajadores– sería bueno abrir juego también a los notarios, castigados de tesorería por la crisis, y darles en exclusiva la competencia para llevar adelante los concursos negociados y las liquidaciones de personas físicas y familias quebradas.
Pero por una razón u otra,
y no necesariamente corporativa de
quienes hoy monopolizan la llevanza
concursal, el Congreso no ha querido
dispensar esa gracia a los notarios.
Con todo, los senadores se han tomado
su revancha, que me supongo será
fruto del compromiso de un quid pro
quo. En el Congreso había tenido éxito
la actividad de lobby de las firmas
auditoras, provocando una modificación
sustancial del artículo 27 LC. Con
el texto aprobado por el Congreso, la
administración concursal estaría integrada
por un solo miembro, abogado
o economista, y podía ser designada
directamente como administrador único
una firma auditora (aunque no se
quiso llamar a la cosa por su nombre).
El impacto de la norma en el statu quo del reparto del pastel sería severo para
todo aquel que no tuviese organizada
su estrategia por medio de una persona
jurídica en la que se integraran abogados
y economistas. Pero el gozo en
un pozo. Me imagino que se deberá al
mar de fondo que produce en la clase
jurídica la posibilidad de desempeño
conjunto de las profesiones de auditor
y abogado, lo cierto es que el Congreso
ha tenido que acabar aceptando
la propuesta del Senado de regresar
adonde estábamos. La administración
concursal estará compuesta de dos
miembros, un abogado y un economista
(o titulado mercantil o auditor de
cuentas), que serán personas físicas.
La transacción entre las Cámaras se
ha saldado dejando fuera al tercer administrador,
el "representante" de los
acreedores ordinarios. Total, habrán
pensado, para qué van a estar ahí, si
nunca cobran. Así es la vida, unos ganan
y otros pierden y lo importante es
tener amigos. Y para los preteridos
(notarios, pero también registradores
y mediadores (¿?) se promete que de
aquí a seis meses habrá una segunda
vuelta.
¿Qué valoración hacer del mercadeo
en cuestión? En mi opinión, las
cartas que debían haber salido eran
justamente las contrarias de las que
quedaron sobre la mesa. Es absurdo
insistir en el modelo de concurso ordinario
cuando los insolventes son personas
físicas y familias, y la solución
notarial podía valer en principio, puliendo
el texto del Senado. Pero también
era óptimo que la administración
concursal se redujera a un miembro, y
que este fuera una persona jurídica en
la que se integraren profesionales jurídicos
y económicos. Otra vez será.
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