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El coste de no utilizar la mediación

Mediadora y abogada, consultora experta en resolución de conflicto

Mediador y psicólogo, consultor experto en resolución de conflictos y diseño de estrategias colaborativas

“El costo de una cosa es la cantidad de aquello que yo llamo vida, necesaria para adquirirla, ya sea a corto o a largo plazo.” Henry David Thoreau

Mediación

La mediación es un procedimiento cuya utilización ofrece múltiples ventajas, y es además un instrumento eficaz desde el punto de vista de ahorro de costes de diverso tipo: emocionales y psíquicos, reputacionales, económicos, de tiempo, organizacionales, de continuidad, de oportunidad, etc… entre otros muchos. En este post vamos a centrarnos en el ahorro que la utilización de la mediación supone en términos de tiempo y económicos. Para ello vamos a utilizar en esta ocasión un informe del Parlamento Europeo publicado en el año 2011, que a pesar del tiempo transcurrido pensamos sigue plenamente vigente.

Este informe denominado "Cuantificación de los costes de no utilizar la mediación- Un análisis de datos" . (PE 453.180) fue elaborado por el Parlamento Europeo, a través de la Dirección General para Políticas Interiores de la Unión, y se basa en un estudio previo "El coste de no utilizar ADR" llevado a cabo por el ADR Center, en colaboración con la asociación de la abogacía ECLA (European Company Lawyers Association) y la asociación empresarial UEAPME (European Association of Craft, Small and Medium Sized Enterprises).

El informe mencionado  tiene como finalidad explorar y cuantificar en los sistemas judiciales de los Estados Miembros, el impacto de la mediación en términos de coste económico y en tiempo, y compararlo con el coste del procedimiento judicial tradicional.

Para ello el estudio utiliza para compararlos dos sistemas:

  • El sistema único (one step en la versión inglesa)  en el cual las partes en conflicto solo tienen una opción para resolver su disputa: ir a un procedimiento judicial contencioso.
  • El sistema dual (two steps) "Mediación y después Tribunal", en el cual las partes tienen una opción inicial de resolver su disputa a través del proceso de mediación y solo en el caso que no haya sido posible alcanzar un acuerdo,  entonces las partes dirimen su disputa a través de un procedimiento judicial contencioso.

Después de analizar los diferentes datos de que disponen, el informe concluye que a mayor tasa de éxito en alcanzar acuerdos en los procesos de mediación, menor coste económico y de tiempo del proceso para las partes y para la sociedad.

Es decir, el ahorro de tiempo y de coste económico correlacionan significativamente con una alta tasa de éxito en la mediación (entendiendo por tal la que alcanza acuerdos en un 75% o 50% de los casos).

Como ejemplo, el estudio señala que con un 75% de tasa de éxito de la mediación en Bélgica se puede ahorrar aproximadamente 330 días (casi un año) y 5.000 euros por disputa, y en Italia se puede ahorrar aproximadamente 860 días (más de dos años) y más de 7. 000 euros por disputa.

Estas tasas de éxito suponen alcanzar acuerdos en el 75% o 50% de las mediaciones, lo cual según el informe es difícil obtener en todos los países de la Unión Europea. Sin embargo, concluye el estudio que la mediación como procedimiento continua siendo eficaz en términos de ahorro de costes de tiempo y económicos en casi todos los niveles de tasa de éxito, incluso aunque éstas sean bajas, y calcula un punto de equilibrio en la Unión Europea de 19% de la tasa de éxito de la mediación para que se produzca el ahorro de tiempo y 24% de tasa de éxito de la mediación para que se produzca el ahorro económico.

En conclusión, este estudio muestra los beneficios sociales y económicos de la mediación en términos de ahorro de costes económicos y de tiempo y en consecuencia la conveniencia e importancia de implementar la mediación en los Estados miembros. Con este objetivo el Parlamento Europeo a través de este mismo informe y en otros posteriores, destaca la necesidad de impulsar la mediación a través de diversos instrumentos como la mediación "obligatoria", incentivos fiscales, reembolso de tasas judiciales e incentivos judiciales.

Terminamos recordando su principal objetivo: el impulso de la mediación, en el contexto de una justicia en la que estén presentes además los valores de flexibilidad y alta eficacia, con los que la comunidad de profesionales de la mediación estamos comprometidos.

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Este blog nace con la ilusión de crear y compartir un espacio de reflexión sobre la mediación. Durante algunos años hemos formado equipo de mediación, participando en más de 1000 procesos de resolución de conflictos.  De esta experiencia conjunta  hemos obtenido inspiración y múltiples aprendizajes que nos gustará compartir, así como, también explorar los nuevos retos y replanteamientos que vayamos encontrando en nuestro camino. Félix es psicólogo y Mónica abogada, ambos somos mediadores y consultores en resolución de conflictos.