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Doctrina de la pena natural o “en el pecado se lleva la penitencia”

Juan Iribarren Oscáriz
Abogado

STS (Sala 2ª), de 18 junio 2010 (RJ 2010, 3721) Atenuante por analogía Penalidad.

Bolas de cocaina que tragan personas llamadas 'muleros' para transportarla de un país a otro

Desestimación como atenuante analógica de la llamada pena natural, es decir, del delito que ocasiona consecuencias perjudiciales para el mismo delincuente.

Supuesto de hecho:

Se trata de caso muy común: el de traficante de droga llamado "mulero" por transportar droga en el interior del organismo. Una de las bolas de cocaína se rompió,  produciéndole hemorragias y convulsiones, siendo llevada al hospital, donde se le extrajeron quirúrgicamente, a pesar de lo cual estuvo a punto de morir, sufriendo parada cardiorespiratoria de la que sale tras maniobra de reanimación cardiopulmonar avanzada.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con fecha 22-09-2009 dictó Sentencia en la que apreció una atenuante analógica basada en la teoría de la pena natural. ( ARP 20091410)

Criterio o ratio decidendi:

El Tribunal Supremo revoca en parte la anterior sentencia al estimar el recurso del Ministerio Fiscal, inaplicando la atenuante analógica, por considerar que el sufrimiento padecido por el propio culpable no es merecedor de trato de favor, que el legislador no ha considerado, en conformidad con una doctrina jurisprudencial bastante asentada.

Documentos relacionados:

  • Confronta con la STS 806/2002, de 30 de abril (RJ 20025124) y con la STS 575/2008, de 7 de octubre (RJ 20085707) o con la STS 424/2010 de 27 abril RJ 20102560

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