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Pinchar “música libre” no te obliga a pagar a la SGAE

Asun Sola Pascual
Abogada

SJMerc núm. 3 de Valencia 25-5-2010 (AC 2010, 362)

Notas musicales

El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia desestima una demanda interpuesta por la SGAE contra un pub de Burjassot, reclamándole 2.197,57 euros, al considerar que la música que se pincha no es de su repertorio, sino 'copyleft', es decir, obras abiertas que se pueden modificar y distribuir libremente.

  • Supuesto de hecho
    La SGAE reclama a un pub una indemnización porque en dicho local, mediante un aparato musical conectado a altavoces distribuidos por el local, se hace uso del repertorio de obras gestionadas por la actora.
  • Criterio o ratio decidendi
    No puede exigirse a la demandada que pruebe que cada una de las obras musicales son temas cedidos por los autores a través de Licencias Creative Commons, porque estaríamos ante una prueba diabólica o imposible.
    La prueba testifical de la persona que programa la música del local destruye la presunción de que las obras comunicadas en el local correspondían al repertorio de la SGAE, y no presentando ésta una prueba suficiente de dicha presunción, por aplicación de lo previsto en el art. 217.2 de la LECiv, el Juzgado procede a la desestimación de la demanda.
  • Documentos relacionados
    • Cita y aplica en el mismo sentido
      SAP de Madrid, Sección 28, de fecha 5 de julio de 2007 (AC 2007, 1768)
    • Confrontar en sentido contrario
      SAP León (Sección 1ª), sentencia núm. 576/2009 de 26 noviembre. AC 2010296.
      SAP Burgos (Sección 3ª), sentencia núm. 344/2008 de 31 octubre. JUR 2009194210.

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