Inlcuye la sentencia
COMPETENCIA DE JUECES Y TRIBUNALES: Territorial: acción de repetición ejercitada por aseguradora frente a otra aseguradora para obtener el reintegro de los gastos de asistencia médica del asegurado que resultó lesionado en accidente de circulación: competencia del Juzgado del lugar del accidente: no altera la competencia el hecho de que la repetición deba ajustarse a los términos cuantitativos establecidos en convenio marco de asistencia sanitaria del que fueron parte las dos aseguradoras litigantes.
El TS resuelve el conflicto negativo de competencia entre los Juzgados de Primera Instancia núm. 3 de Sanlúcar de Barrameda y núm. 53 de Barcelona, a favor del primero.