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23/04/2024. 08:18:42

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El principio de igualdad de los hijos de familias monoparentales

Actualmente, los niños nacidos dentro de una familia biparental tienen derecho a disfrutar de sus padres durante un total de 32 semanas, 16 por cada progenitor. Sin embargo, los niños nacidos dentro de una familia monoparental, solo tienen derecho a disfrutar del permiso de maternidad de uno de sus progenitores. La mayor parte de las ocasiones el permiso que corresponde a la madre.

La normativa que se quedó a medio camino.

Desde que se aprobó la ley que establece que los permisos de paternidad debían equipararse con los de maternidad (Real Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo) se está dando en nuestro país una situación un tanto paradójica. Esta norma, cuyo preámbulo propugna que “El derecho a la igualdad de trato entre mujeres y hombres debe suponer la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil”, olvida esta situación.

Estamos todos de acuerdo en que el principio de igualdad debe ser de plena aplicación por las instituciones públicas. Sin embargo, estos progenitores se ven obligados a pleitear. A veces en procedimientos que pueden extenderse durante años por un derecho que, cuando se les conceda, quizás carezca de sentido.

Dice la Convención de los Derechos del Niño, en su artículo 2 que “Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares”.

El hecho de nacer en una familia con un solo progenitor no debería privar a estos niños de la compañía plena del mismo durante la mitad del tiempo de los niños nacidos en una familia biparental. Sin embargo, esto sí está sucediendo porque el Instituto Nacional de la Seguridad social deniega sistemáticamente las solicitudes de acumulación de permisos.

Primeros pronunciamientos judiciales

Pero parece que estamos viendo la luz al final del túnel. Cada vez son más los Juzgados de lo Social y los Tribunales de Justicia que están concediendo esta acumulación de permisos a los progenitores (sobre todo madres) que lo están solicitando judicialmente. La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco núm. 396/2020 fue la más pionera. Estimó dicha solicitud por considerar que lo contrario vulneraría lo establecido en los artículos 14 y 39 de la Constitución Española.

A partir de ella, hemos asistido a un aluvión de Sentencias que citaremos a continuación, seleccionando las más destacadas:

Asimismo, encontramos un pronunciamiento del CGPJ en el que, ante la petición de una jueza al respecto de acumular su permisos, considera que denegar la petición a la magistrada vulneraría el derecho de no discriminación del menor al impedir que se beneficie del mismo tiempo de atención y cuidados directos que habría tenido de haber nacido en una familia con dos progenitores.

Por lo tanto, sirva este artículo para llamar la atención sobre la situación discriminatoria que están sufriendo estos niños en nuestra sociedad actual. Debemos preguntarnos si es necesario que se cambie de manera urgente la norma que está provocando toda esta situación. Todo ello para evitar un periplo judicial que, la mayoría de las veces, ya no tendrá sentido cuando sea resuelto.

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