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28/03/2024. 11:53:00

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La CNMC mantiene viva la batalla por el “press-clipping”

abogado de Information Technology de ECIJA

Parecía que había un consenso claro sobre la reforma venidera en materia de propiedad intelectual y, en particular, sobre el “press-clipping”, o lo que es lo mismo, la elaboración de un dossier de prensa (a veces un diario completo) sobre recortes, boletines y resúmenes de prensa diaria que se comercializa poniéndose a disposición de clientes a cambio, generalmente, de una contraprestación económica.

Resumen de prensa

De hecho, jurisprudencialmente, el Tribunal Supremo en su sentencia de 25 de febrero de 2014 parecía tener claro que el debate de esta práctica, más espinoso con la aparición de Internet, quedaba zanjado con la última reforma que se llevó a cabo. En concreto, la citada resolución judicial dejaba patente que los periódicos deben ser considerados obras colectivas, aunque ello tropezase a veces con su propio contenido heterogéneo (ej. periódicos dónde prevalezcan las columnas de opinión en vez de las noticias). De esta manera, según el Tribunal, si en un periódico prevaleciesen los elementos de una obra en colaboración o de una obra compuesta, ello debería ser probado para sustentar tal opinión.

En consecuencia, los periódicos, al ser considerados como una reunión de aportaciones de diferentes autores que se funden en una creación autónoma, hace que los propios editores sean los titulares de la facultad de oponerse a que los servicios de agregación de noticias "indexen" las noticias de los editores o, si lo prefieren, sean los habilitados para solicitar una remuneración equitativa al respecto.

Llegados a este punto, parece que las editoriales tienen el suficiente control sobre cómo deberían utilizarse sus contenidos por parte de los agregadores de noticias. Sin embargo, la nueva reforma ha vuelto a reabrir el debate matizando las condiciones de esas reproducciones parciales que realizan los servicios como Google News.

En efecto, cuando este tipo de reproducciones sean de "fragmentos no significativos" (lo que no incluye imágenes u obras fotográficas), no requerirá la autorización del editor, sin perjuicio de que éste reciba una compensación equitativa irrenunciable por ello. Aunque la nueva reforma aclara: dicha compensación no será aplicable para las actividades propias de un buscador cuando éste facilite resultados de búsqueda en respuesta a la consulta de un usuario.

Al respecto, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha dado un duro golpe sobre la mesa criticando esta nueva reforma al entender que la misma distorsionaría la libre competencia. Según este órgano, la imposición de dicha compensación equitativa tendría importantes efectos negativos.

Por un lado, cuestiona que, servicios como Google News, se puedan considerar competidores directos de los agregadores de noticias. Afirma, en este sentido, que los propios editores pueden configurar el rastreo del agregador con el grado de detalle que deseen.

Además de lo anterior, el regulador considera que los editores pueden ganar visitas a sus páginas a través de la agregación. Éste último extremo, sin embargo, es muy debatible pues debemos tener en cuenta que, dependiendo de la configuración del agregador de noticias, el usuario muchas veces no accede a la noticia completa, o bien, si lo hace, su acceso sería a enlaces profundos que pueden no reportar los mismos ingresos publicitarios en contraposición al acceso directo a la página principal por parte del usuario.

Es en este último punto donde la CNMC afirma que la agregación de las noticias genera o puede generar ingresos publicitarios. Sin embargo, debe estarse en desacuerdo en este punto puesto que, más bien, debe considerarse que sólo potencialmente puede generase tales ingresos, ya que éstos no se materializan hasta que el usuario accede al sitio web del editor. Hasta ese punto, quién se ha beneficiado de la publicidad es el propio agregador de noticias que publica los anuncios en su servicio y el cual dependerá, no olvidemos, de la cantidad de noticias agregadas y de la variedad de éstas.

En favor de la CNMC, debe estarse plenamente de acuerdo en su valoración final sobre la "compensación equitativa irrenunciable". Es evidente que la mayoría de las editoriales de este país que no tienen el mismo nivel visibilidad que las principales periódicos españoles. Y, en consecuencia, los periódicos que gozan de menor popularidad le resultaría beneficioso el "press-clipping". Es, en este caso, donde no tendría razón de ser la existencia de una compensación equitativa, pues no hay nada que resarcir.

A fin de cuentas, la existencia de "compensación equitativa irrenunciable" a favor de todas las editoriales constituiría también una barrera de acceso para los nuevos agregadores de noticias (que actualmente no son muchos), al tener que pagar dicha compensación a la gran cantidad de editoriales, que más o menos conocidas, existen en nuestro país.

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