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20/04/2024. 00:22:18

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Entra en vigor el nuevo impuesto de matriculación que fija los tipos impositivos según las emisiones de CO2

Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidad Pública de Navarra

José Francisco Alenza García
Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidad Pública de Navarra

Como forma de luchar contra el cambio climático se reestructura el impuesto de matriculación sustituyendo la cilindrada de los vehículos por las emisiones de dióxido de carbono como criterio de determinación de los tipos impositivos. Estos tipos ya no son dos sino cuatro para cada uno de los epígrafes o categorías de vehículos, y van desde el 0% para los vehículos que emiten menos de 120 g/km, al 14'75% para los que emiten igual o más de 200 g/km.

Entra en vigor el nuevo impuesto de matriculación que fija los tipos impositivos según las emisiones de CO2

Desde el 1 de enero está en vigor la modificación de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, introducida por la disposición final 8ª de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, por la que se reestructura el Impuesto sobre determinados medios de transporte.

La reestructuración del conocido Impuesto de Matriculación tiene como principal finalidad gravar los automóviles más contaminantes y, en particular, las emisiones de CO2, el más importante de los gases de efecto invernadero causantes del cambio climático.

Se abandona la cilindrada de los vehículos como criterio para la determinación de los tipos impositivos y se utiliza ahora las emisiones de dióxido de carbono. De manera que los vehículos más contaminantes pagarán mucho más y los vehículos que menos contaminan no deberán pagar el impuesto.

En el anterior sistema eran dos los tipos impositivos y ahora se pasa a 4 epígrafes en los que se clasifican los vehículos en función de sus emisiones de CO2. Los vehículos del epígrafe 1º, que no superan 120 g/km de CO2 se sujetan a un tipo impositivo del 0%, es decir, que no deberán pagar el impuesto. El 4'75% es el tipo para los del epígrafe 2º (entre 120 y 160 g/km); el 9'75% para los del epígrafe 3º (entre 160 y 200 g/km) y el 14'75% (igual o más de 200g/km, además de los quads y las motos náuticas).

Por otro lado, se deroga la deducción en la cuota que se estableció con el Programa PREVER para la modernización del parque de vehículos automóviles, el incremento de la seguridad vial y la defensa y la protección del medio ambiente.

Por último, señalar la previsión de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera sobre la obligatoriedad de la Etiqueta informativa de eficiencia energética referida al consumo de combustible y emisiones de CO2 en los turismos que se pongan a la venta o se ofrezcan en arrendamiento financiero en territorio español (disp. adicional 9ª).

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