Incluye la sentencia
Requerimiento inadecuado entre Administraciones para la reclamación de reembolso de gastos como consecuencia de los ingresos hospitalarios requeridos por pacientes víctimas del tabaquismo. Los hechos tuvieron lugar en los Hospitales de la Red Pública Sanitaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional dictó Auto de 14-11-2007 estimando la alegación previa formulada por el Abogado del Estado y declarando la inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo interpuesto por la Junta de Andalucía y el Servicio Andaluz de Salud contra la desestimación presunta del requerimiento previo formulado frente a la Administración del Estado. Interpuesto recurso de casación por la Junta de Andalucía, el TS dicta sentencia de 30-09-2009 declarando no haber lugar al recurso de casación.
Ante la reclamación de la Administración autonómica solicitando ser reembolsada por la Administración del Estado y solidariamente por las empresas tabaqueras demandadas, de los gastos provenientes del coste sanitario generado como consecuencia de los ingresos hospitalarios requeridos por pacientes víctimas del tabaquismo, en los Hospitales de la Red Pública Sanitaria de de la Comunidad Autónoma:
- el ejercicio del requerimiento entre administraciones del artículo 44 LJCA no es idóneo
- la Junta de Andalucía y el SAS no actuaron como «poder», esto es de igual a igual, Administración frente a Administración, para conseguir la anulación o revocación de un acto previo, sino que lo hicieron como reclamantes de responsabilidad patrimonial como cualquier otro sujeto privado
- debió de instarse una acción de responsabilidad patrimonial
- ausencia de acto administrativo impugnable
- inadmisión procedente