Incluye la sentencia
El Tribunal Supremo ha ratificado una sanción de 660 euros impuesta por la Junta Electoral Central a la ex ministra de Fomento, Magdalena Álvarez, por emitir un video con publicidad electoral en el trayecto del AVE entre Madrid y Málaga durante la campaña electoral de las elecciones generales de marzo de 2008.

La sentencia, dictada el pasado 18 de noviembre, rechaza el recurso presentado por Álvarez contra la sanción al concluir que utilizó los trenes de Renfe para influir en el voto de los electores, vulnerando el artículo 50.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
"La neutralidad electoral resulta inexcusable en todo momento para cualquier administración pública y le obliga a abstenerse de cualquier clase de actuaciones contrarias a ella (entre las que se encuentra el facilitar o distribuir propaganda sobre una concreta opción política)", concluye el Tribunal Supremo.