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SAN de 24 febrero 2022 (JUR 2022, 86699)

Se concede protección, pero no asilo, a una familia ucraniana

Ainhoa de Carlos Castillo. Professional Content

La Audiencia Nacional resuelve el recurso que una familia ucraniana interpone contra las resoluciones del Ministerio de Interior, por las que en julio de 2020 se les rechazó el derecho de asilo y la protección subsidiaria solicitados en 2018, al no haber quedado acreditada la existencia ni de una persecución, ni de una problemática susceptible de protección conforme a lo previsto en la Convención de Ginebra de 1951.  

El tribunal entiende que no procede la concesión del derecho de asilo solicitado porque el temor del padre de familia a ser reclutado para prestar servicio de armas en el conflicto que sufre su país de origen no tiene cabida entre los motivos de persecución previstos en la Ley 12/2009 que regula el derecho de asilo. Se sigue así lo dispuesto en la directriz 10 de ACNUR, que establece que teniendo los Estados derecho a la legítima defensa, estos pueden exigir a los ciudadanos que cursen el servicio militar sin que eso se tenga que interpretar como una vulneración de los derechos del individuo. Y también se recuerda lo establecido por el Tribunal Supremo que declara que la mera condición de desertor del servicio militar de armas no es una causa que evidencie la necesidad de la concesión del derecho de asilo. 

Sin embargo, los magistrados declaran el derecho de los recurrentes a la concesión del estatuto de protección subsidiaria, que es el que se dispensa a las personas que, sin reunir los requisitos para obtener el asilo o ser reconocidas como refugiadas, merecen protección puesto que si regresan a su país se enfrentarían a un riesgo real de sufrir graves daños. Ucrania se encuentra actualmente inmersa en un conflicto internacional, y la inestabilidad y volatilidad de la situación existente no permite considerar la posibilidad de reubicación interna en condiciones de seguridad y razonabilidad. Se estima así en parte el recurso, reconociendo esta protección subsidiaria a la familia ucraniana puesto que actualmente en el país de retorno, Ucrania, los recurrentes no estarían protegidos en ninguna zona del país. 

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