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28/03/2024. 16:05:17

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Novedades en la tramitación de las Licencias

Abogado. Presidente de la Asociación Española de Abogados Urbanistas. www.aeaurbanistas.es
www.aeaurbanistas.com.

La nueva ordenanza de licencias, publicada en BOCAM. 17/05/2014 coincide con importantes novedades sectoriales estrechamente vinculadas a la misma, como la nueva ordenanza de sanidad (aprobada el 30 de enero 2014), la nueva ley de evaluación ambiental (Ley 21/13) y modificaciones en la Ley de espectáculos públicos (LEPAR).

Dibujo de una ciudad sobre una hoja

La presente ordenanza tiene por objeto regular la tramitación de los procedimientos de otorgamiento de licencias urbanísticas y la presentación de las declaraciones responsables y comunicaciones previas en el ámbito del Ayuntamiento de Madrid, sin perjuicio del régimen especial previsto por la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid.

Por fin una ordenanza de tramitación de licencias que se ajusta a la Directiva del comisario Bolkestein regulando tan solo dos procedimientos, declaración responsable y licencias. Y por fin un modelo de Eclus, ahora llamadas Ecus, acorde con las contundentes sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid  y del Tribunal Supremo que vetaban su intervención directa en el proceso de concesión de licencias, Inspecciones, toma de decisiones, etc.

Lo mas destacado, quizás sea, la nueva ordenanza de sanidad. Esta ordenanza elimina trabas, tanto en el procedimiento como en el ejercicio de la actividad comercial y afecta a la instalación de bares, restaurantes, cafeterías, centros infantiles, piscinas, peluquerías o gimnasios, control de plagas, etc.

El nuevo texto sustituye a otros seis hasta ahora vigentes y adapta la normativa a las nuevas demandas.

Entre las medidas de nueva adopción destaca, por ejemplo, la supresión de dimensiones mínimas para bares, cafeterías, restaurantes y similares, para facilitar su implantación; la reducción de dependencias mínimas hoy obligatorias; o la autorización, en el caso de restaurantes, de zonas auxiliares de cocina o  de zonas abiertas para la manipulación de alimentos, respondiendo así a las nuevas necesidades y demandas de este sector.

Por último, se regula la dotación de servicios higiénicos.

Se puede instalar un único servicio higiénico para público accesible en bares o cafeterías siempre que los locales cuenten con una superficie inferior a 200 m2 y con un aforo inferior a 50 personas. Este criterio se contenía en la Instrucción 3/2011, mientras que lo relativo a la accesibilidad estaba contemplado en otra Instrucción, con referencia 4/2011. 

Entre otros aspectos destacan también, la obligatoriedad de mantenimiento y la revisión periódica de los equipos de los gimnasios, en base a las normas UNE.

Por primera vez se establecen condiciones mínimas para balnearios y spas urbanos, actividades de reciente implantación.

En cuanto a la nueva ley de evaluación ambiental lo más destacado es la simplificación de procedimientos sustituye a las dos leyes anteriores.

La Ley de Evaluación Ambiental garantiza la máxima protección ambiental y da un nuevo impulso al desarrollo sostenible.

Con esta norma se simplifica y agiliza la evaluación ambiental de planes, programas y proyectos, y sustituye a las dos leyes anteriores. Además los procedimientos excesivamente largos no protegen el medio ambiente y suponen un freno para el desarrollo sostenible. La injustificada duración de la tramitación de este procedimiento no protege más el medio ambiente, antes bien, genera una mala imagen de la normativa ambiental.

Y otras novedades de gran actualidad, por primera vez se exige por ley que los proyectos de fracking se sometan a una evaluación de impacto ambiental y se toma en consideración el cambio climático en las evaluaciones ambientales.

Se modifica la Ley de Patrimonio Natural y de Biodiversidad para sancionar el bunkering mediante fondeo permanente de buques-tanque y los rellenos no permitidos.

Del mismo modo afecta a las licencias la nuevas modificaciones en la normativa LOPAR. Afecta a dos cuestiones fundamentales:

Aumento de las sanciones y la responsabilidad tanto de los titulares de la actividad, como de los organizadores de los eventos, evidentemente a resultas del caso Madrid Arena. Además antes había que solicitar una licencia y con la modificación de la LEPAR el solicitante de la licencia podrá realizar el trámite mediante declaración responsable.

Todas estas novedades son tratadas en el XIVº Curso de Aproximación al Derecho Urbanístico que organiza la Asociación Española de Abogados Urbanistas en el mes de noviembre en Madrid.

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