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19/05/2024. 08:04:00

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En la misma provincia o en municipios limítrofes

No procede agrupar dos o más centros de trabajo

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Incluye la sentencia

Fondo negro con el dibujo de 2 ruedas mecánicas

Según la sentencia del TSJ de Castilla La Mancha, en los centros de trabajo con menos de diez trabajadores no procede agrupar dos o más centros de trabajo en la misma provincia o en municipios limítrofes. Por ello, el TSJ estima la demanda presentada por la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO frente a UGT en el sentido indicado en la fundamentación jurídica, en autos promovidos sobre impugnación de conflicto colectivo.

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