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25/04/2024. 04:30:15

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Una empleada municipal, indemnizada por ganar menos que un compañero varón

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Incluye sentencia

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado este martes a la Agencia de Empleo del Ayuntamiento de Madrid a indemnizar con 57.834 euros a una trabajadora por haberle pagado desde marzo de 2004 un salario menor que el que recibía un compañero varón que realizaba las mismas tareas.

Los iconos de un hombre y una mujer con el símbolo del reciclaje.

La sentencia recuerda que en España el salario medio mensual de las mujeres sigue siendo un 24% más bajo.

En la sentencia, el tribunal considera que se trata de un caso de discriminación de género, revocando así una resolución anterior del el Juzgado de lo Social número 17 de Madrid el 12 de diciembre de 2008, en la que se absolvía a los demandados.

La cantidad fijada como indemnización por la sección primera de la sala de lo social del TSJM corresponde a la diferencia en el salario cobrado por Ana Isabel E. L. -representada por el abogado Fernando Luján- respecto al que se le pagaba a su compañero, a quien se le había otorgado una categoría laboral superior pese a que tenía las mismas funciones y responsabilidades.

Salarios más bajos

La sentencia del Juzgado de lo Social número 17 establecía que no había habido discriminación, ya que o bien él "estaba realizando funciones de inferior categoría a la que ostenta" o bien "sería la demandante quien estaría realizando funciones de superior categoría", pero "ni en uno ni en otro caso se puede declarar que haya discriminación salarial por razón de sexo".

El Ayuntamiento no señala por qué las tareas realizada por ambos son las mismas pese a esa diferencia de posición

Frente a esto, el TSJM ha considerado que "la existencia de una diferente categoría profesional no excluye de manera automática la discriminación" y ha señalado que aceptar el modo en que lo interpreta la anterior sentencia "sería tanto como dejar desvirtuado el procedimiento de tutela de derechos fundamentales".

La nueva sentencia, que recuerda que en España el salario medio mensual de las mujeres sigue siendo un 24% más bajo que el de los hombres, apunta que, además de la discriminación directa, la ley también persigue "la que tiene lugar bajo la apariencia de tratamientos formalmente no discriminatorios, pero que encubren consecuencias perjudiciales para un grupo social determinado".

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