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Irlanda a debate: ¿lección o ejemplo a evitar?

Socio de AVCO Legal y asesor fiscal

Palabra Ireland

Transcurrido el primer fin de semana del año, toca estrenar zapatillas de andar por casa, así como algún que otro atuendo de postín -gracias majestades- y, cómo no, echar la vista atrás sobre lo ocurrido en el 2016. Hay que hurgar un poco en la herida, aunque duela, por aquello de: a ver si  aprendemos y este año no cometemos los mismos errores. Pura ficción, pues bien sabemos que pocas veces -prácticamente nunca- logramos evitar tropezar con las mismas piedras, que en el ámbito fiscal está claro cuáles son. El inalcanzable oasis tributario, si a mí se me diera la oportunidad de dibujarlo, sería simple: 

  • Figuras y normas tributarias sencillas.
  • Cargas burocráticas y obligaciones de información mínimas.
  • Incentivos a la inversión
  • Escenario fiscal estable
  • Reformas precedidas de fase de información que resulte suficiente para implementar los medios tendentes a cumplir con dichas obligaciones a tiempo.

Aunque hayan pasado las fiestas, por pedir que no quede; se supone que aún tenemos ante nosotros las rebajas. Mis pretensiones pueden parecer excesivas o ingenuas, pero, observando casos cercanos como podría ser el precedente de Irlanda, los cinco puntos que he resaltado resultarían, si acaso, una reivindicación evidente. Si ellos pueden, ¿Por qué nosotros no? Destaca además que hayan sido de las primeras jurisdicciones en hacer balance del año ya cerrado. Me resisto a pensar que este hecho, que hayan lanzado ya comunicados con los resultados obtenidos el año pasado, sea una mera coincidencia. Para mí la única forma de interpretar los números que arrojan sus estadísticas y la eficacia demostrada en la lucha contra el fraude son el efecto de una máquina perfectamente engrasada. Sirva destacar que, según la información que publica la OCDE anualmente sobre el rendimiento operativo de los distintos organismos tributarios nacionales bajo el título "Tax Administration, Comparative information on OECD and other advanced and emerging economies" , Irlanda procesa el 77% de los modelos de IRPF recibidos (todos ellos telemáticamente) en tan sólo 5 días, contra los 32 que tarda, de media, la Agencia Tributaria española. Pues bien, esa no es más que una muestra de un sistema tributario que, a todas luces, funciona.

Así pues, podríamos destacar tres bloques de acción en los que, según los últimos datos publicados, el sistema irlandés parece seguir una tendencia de crecimiento y mejora de rendimiento en la gestión de los impuestos.

A) Incremento de inversión extranjera.

B) Cumplimiento en plazo de obligaciones tributarias

C) Mejoras en la lucha contra el fraude fiscal

Respecto al primer bloque, incremento de inversión extranjera, debemos traer a colación la información publicada por el IDA, organismo encargado de promover la inversión directa en suelo irlandés.

Los puntos fuertes en los que el citado organismo encargado de promover inversión directa hacia Irlanda apoya sus acciones de comunicación -dentro del plan quinquenal denominado Winning: Foreign Direct Investment 2015/2019– se resumen sustancialmente en:

1.- Reducida carga fiscal: tanto sobre el salario (lo que los anglosajones denominan 'tax wedge'), que se situaría en un 27,5% contra el 39,6% de España, situado justo debajo de la media de la UE (41,8%), como sobre los rendimientos empresariales, al aplicarse el archiconocido tipo del impuesto de sociedades situado tan sólo en un 12,5%.

2.- Economía estable con un crecimiento constante: con un incremento del PIB equivalente al 7,8% en el 2015, 4,9% para el año 2016, y unas previsiones que oscilan entre el 3 y el 5% para el bienio 2017-2018.

3.- Índice de desempleo bajo: aprovechando en este punto el mal ejemplo portugués y español, la economía irlandesa se posiciona como una fuerza dominante entre los PIGS o deberíamos decir PIIGS.

4.- Pertenencia a la UE: Irlanda parece decidida a sumar al listado de ventajas que empujarían a invertir en dicho país su pertenencia a la Unión Europea, frente al polémico proceso del Brexit con el que aún debe lidiar el Reino Unido.

Todos estos factores en conjunto, han permitido que la inversión extranjera alcanzase una cifra récord en el año 2016, generando un total de 199.877 puestos de trabajo (11.842 de ellos en territorio irlandés).

En relación con el segundo bloque de acción que parece seguir una tendencia positiva, esto es, el de cumplimiento de las obligaciones tributarias, sorprende el dato de que el cumplimiento voluntario en plazo para los grandes contribuyentes (aquellos con una carga fiscal superior a 500.000€/año) es equivalente al 99% y los contribuyentes medios (con una carga fiscal entre 75.000 y 500.000€/año) es del 97%. Así pues, no es de extrañar que el dato anterior, junto con el hecho de que el 100% de las declaraciones de IRPF hayan sido presentadas por medios telemáticos ya en el 2015, y la extensión de canales de comunicación por vía electrónica, más el incremento en la lucha contra el fraude (sobre el que tendremos ocasión de pronunciarnos a continuación), hayan permitido al director de la Agencia Tributaria irlandesa, Niall Cody, hacer público que la cifra de recaudación alcanzada en el 2016 se ha situado en 47,9 billones de Euros, siendo este dato, según su serie histórica, el máximo recaudado hasta la fecha.  

Por último, ponemos el foco sobre las medidas de lucha contra el fraude que el país anglosajón sigue implementando, pues aunque su reducida fiscalidad haya motivado que se le acusase de provocar movimientos de "nearshoring", sigue siendo una jurisdicción sensible al fraude fiscal dentro de sus fronteras y pretende reforzar el ya elevado cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias  al que hacíamos mención anteriormente. Destaca en el último año una mayor recaudación derivada de inspecciones, publicación de listados de deudores -similar al caso español-, más las nuevas medidas de intercambio de información incorporadas en el '2016 Finance Act'.

A modo de resumen podemos decir que Irlanda constituye un magnífico ejemplo de que baja carga fiscal, no significa menos ingresos, pues si comprobamos los ratios de recaudación en los últimos dos años, se ha mantenido un incremento de entorno al 8%, según los datos publicados por el Eurostat; de nuevo muy por encima de la media de la UE (alrededor del 4-5%) y de España (2-4%). 

Así pues, una vez más, tenemos ante nosotros un año a estrenar en el que queda todo por hacer, empezando por un servidor. A mí por de pronto me tocará, lidiar, entre otros retos, con el Suministro Inmediato de Información (SII) en el IVA, introducido finalmente el pasado 6 de diciembre por Real Decreto -sin apenas información sobre ello- que, esperemos sea para facilitarnos a todos, profesionales y contribuyentes, la existencia, aunque temo que no será así; pero aún es pronto para hacer una valoración al respecto. Lo que de momento está claro, es que la reforma llega cuanto menos con un retraso de casi 3 años desde que se empezó a fraguar. En todo caso, esto será, si se requiere, material de futuras publicaciones.

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Actualmente, los estados son cada vez menos soberanos para implementar medidas fiscales de calado internacional. Los sistemas fiscales son muy similares y sus novedades prácticamente uniformes. Principalmente porque necesitan contar con un consenso supranacional, la Unión Europea en el caso de España, o es necesaria una unidad de actuación y coordinación de intereses comunes como es la OCDE. Por lo tanto, todo lo que acontece fuera de nuestras fronteras, en mayor o menor medida, acabará influenciando la normativa española y su interpretación.

Por lo tanto, este blog nace con la idea de tratar desde un punto de vista práctico, crítico y ameno todas aquellas novedades fiscales que tienen lugar en el ámbito internacional que afecten o puedan acabar afectando a nuestro sistema fiscal español, y por tanto, a empresas españolas con presencia internacional o empresas extranjeras con presencia en España. Igualmente, el propósito de este blog es comentar y compartir con todos los lectores aquellos trabajos, estudios o artículos preparados por universidades y periódicos extranjeros especializados en fiscalidad internacional que aporten un punto de vista adicional y diferente a las fuentes tradicionales.