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03/11/2026. 13:42:08
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El Consejo de Ministros aprueba la limitación de ultraprocesados en hospitales, residencias y escuelas de 0 a 3 años

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  • El Real Decreto limita a dos las raciones semanales de frituras en escuelas infantiles y el 70% de productos en máquinas de vending deben ser saludables

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto para fomentar una alimentación saludable en hospitales, centros residenciales y escuelas infantiles de 0 a 3 años, tanto de titularidad pública como privada, así como en bibliotecas, universidades y museos de titularidad pública.

El texto, impulsado por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 en colaboración con los ministerios de Agricultura, de Sanidad, de Educación, y de Juventud e Infancia restringe la presencia de alimentos precocinados y frituras en las comidas que se sirven en estos centros, y establece una mayor presencia de alimentos nutritivos y sostenibles.

El texto legislativo pone coto en los menús que se sirven en estos centros a los alimentos precocinados, a las frituras y a aquellos alimentos con alto contenido en grasas saturadas, azúcares o sal añadida, y aplica criterios más restrictivos sobre estos productos en los menús de niños, niñas y adolescentes, para ofrecer una protección especial a la infancia en materia alimentaria, siguiendo la estela del Real Decreto de Comedores Escolares Saludables y Sostenibles aprobado en 2025, e impulsado también por Consumo.

De esta forma, el real decreto limita a un máximo de tres raciones al mes los platos precocinados que pueden servirse en centros como residencias de mayores o de personas dependientes o con necesidades especiales, así como en hospitales. Una limitación que es mayor para los menús que se sirven en hospitales a menores de edad, ya que solo podrán recibir una ración al mes, que es la misma frecuencia prevista para las escuelas infantiles de 0 a 3 años. Igualmente, la norma limita las frituras, en este caso a dos raciones semanales.

Y se excluyen los alimentos con alto contenido en grasas saturadas, azúcares o sal añadida en los menús dirigidos a niños y adolescentes en los hospitales, así como en los que se sirven en las escuelas infantiles.

Más frutas y hortalizas frescas

El real decreto establece unos criterios más exigentes en cuanto a la calidad de las frutas y las hortalizas que se sirvan en los centros a los que se refiere el texto legislativo, y también en lo relativo a su sostenibilidad.

Así, la norma indica que al menos el 90% de las frutas y al menos el 30% de las hortalizas que se sirvan deben ser frescas y de temporada, y que al menos el 10% de ellas debe proceder de circuitos cortos de distribución. Se establece también una mayor presencia de frutas y de hortalizas. Concretamente, en los menús diarios se exige una oferta diaria de frutas y de hortalizas, para que sean incorporadas en los primeros platos, guarniciones, ensaladas y postres. Y en pensión completa, se pautan al menos tres raciones al día de hortalizas, y de dos a tres raciones diarias de fruta.

Además de las frutas y de las hortalizas, el real decreto fomenta una mayor presencia de legumbres, pescados o alimentos integrales en los menús. Respecto a las legumbres, u otras fuentes vegetales, el texto legislativo indica que para los menús del día debe ofrecerse al menos un plato principal a la semana que esté elaborado exclusivamente con estas proteínas vegetales. Y en pensión completa han de servirse al menos cuatro raciones a la semana de platos que contengan estas proteínas vegetales.

En cuanto a los pescados, deberán ofertarse al menos dos raciones a la semana de pescado como plato principal en los menús de día, alternando entre pescado blanco y pescado azul. Y al menos tres raciones a la semana como plato principal en pensión completa, priorizando también de forma alterna el pescado blanco y el azul, y pudiendo incluir crustáceos y moluscos.

En lo referido a los alimentos integrales, la norma fija que, en aquellos productos elaborados a base de cereales, como pan, arroz o pasta, al menos el 50% de la oferta semanal en menús diarios deberán ser obligatoriamente de variedades integrales. Y en pensión completa se pauta un consumo de tres a seis raciones al día de productos elaborados a base de cereales, priorizando cereales enteros e integrales y minimizando el consumo de harinas refinadas.

Asimismo, al menos el 25% del coste total de adquisición de los alimentos deberá ser de producción ecológica. Y permite, además, que, para facilitar la transición del sector hacia esta mayor presencia de alimentos sostenible, durante los cuatro primeros años ese porcentaje sea un poco menor, de al menos el 10. Además, las comidas deben ser supervisdas por profesionales con formación acreditada.

Máquinas vending

Otra de las cuestiones que regula el decreto son los productos en venta en las máquinas vending y se obligará a que el 70% sean alimentos y bebidas saludables que deben estar expuestos en la zona de mayor visibilidad.

En el caso de las bebidas, se limita así la presencia de bebidas azucaradas y de las bebidas energéticas en las máquinas vending. Y en lo relativo a las máquinas que dispensan bebidas calientes, como el café, se establece que estas máquinas ofrezcan por defecto 0 gramos de azúcar añadida, permitiendo solo un máximo de 5 gramos extras como opción voluntaria.

Estas restricciones se complementan, además, con la obligación de implantar fuentes en las instalaciones de estos centros, que ofrezcan agua potable de forma gratuita, y que estén adecuadamente señalizadas.

El texto legislativo contempla, así mismo, medidas destinadas a la reducción del desperdicio alimentario, la planificación eficiente de los menús y el aprovechamiento de ingredientes. Al mismo tiempo, la nueva normativa plantea reducir el uso de envases y vajillas de plástico y disminuir los envases monodosis con el objetivo de fomentar la utilización de materiales alternativos más sostenibles.

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