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La nueva Orden de Módulos para el año 2011

Félix García

Doctor en Derecho. Ponente del TEAC

La orden EHA/3063/2010, de 25 de noviembre , desarrolla para el año 2011 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el valor Añadido.

Una calculadora y papeles

En relación al  Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se mantienen para el ejercicio 2011 la cuantía de los módulos y los índices de rendimiento neto de las actividades agrícolas y ganaderas.

Por lo que se refiere al Impuesto sobre el Valor Añadido, la citada Orden adapta los módulos a los nuevos tipos impositivos del impuesto en vigor desde el pasado 1 de julio de 2010, tomando en consideración que tales tipos resultarán  de aplicación durante la totalidad del ejercicio 2011.

La referida Orden determinada las actividades incluidas en el método de estimación objetiva y en el régimen  especial simplificado, excluyéndose las actividades con unos ingresos totales superiores a 450.000 € o aquellas en el que el volumen de compras de bienes y servicios supere los 300.000 euros anuales.

Por otra parte, el artículo 5 permite a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que desarrollen actividades a las que sea de aplicación en método de estimación objetiva, la renuncia a dicho régimen no la revocación de la renuncia hasta el  31 de diciembre de 2010. Igualmente los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido que desarrollen actividades en régimen simplificado pueden renunciar o revocar la renuncia hasta el 31 de diciembre de 2010.

Por último, los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de sus actividades económicas por el método de estimación objetiva, podrán reducir el rendimiento neto de módulos obtenido en 2011 en un 5%.

Por otra parte, la Orden EHA/3061/2010, de 22 de noviembre, modifica el modelo 347 de declaración anual con terceras personas, donde se declararán las cantidades en metálico derivadas de las operaciones incluidas en la declaración anual, así como detallarán las operaciones a los tipos diferentes,  y el modelo 190 para la declaración resumen anual de retenciones por ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Por último, la Orden EHA/3062/2010, de 22 de noviembre, por la que se modifican las formas de presentación de las declaraciones informativas y resúmenes anuales de carácter tributario correspondientes a los modelos 038, 156, 159, 170, 171, 180, 181, 182, 183, 184, 187, 188, 189, 190, 192, 193, 194, 195, 196, 198, 199, 291, 296, 299, 340, 345, 346, 347, 349, 611 y 616, establece la presentación telemática de forma obligatoria a partir de 10.000.000 de registros.

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Félix García

Doctor en Derecho. Ponente del TEAC

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