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13/05/2024. 22:57:55

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Juan Cesáreo Ortiz Úrculo, abogado, socio de Cremades Calvo Sotelo

“Sin contrapesos de poder no hay democracia libre”

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"Sigo lamentando la lentitud de las actuaciones judiciales que obligan a obtener soluciones preprocesales de consenso en muchas ocasiones injustas porque perjudican al que tiene razón". La relación abogado-cliente "exige cierto aprendizaje que me abre nuevos horizontes donde ver, una vez más, el lado humano de las cosas y sentir la responsabilidad que uno adquiere a cambio de la confianza que recibe". "Es curioso, por ejemplo, que cuando todo el mundo admite que los menores se hacen mayores mas deprisa que antes y pueden ser más violentos, la edad penal se haya retrasado de los 16 a los 18 años."  

Juan Cesáreo Ortiz Úrculo es un testigo de excepción de la Justicia española. Tras ser Fiscal en las Audiencias de Bilbao, Barcelona y Madrid, (hoy Tribunales Superiores de Justicia de dichas Comunidades), y en el Tribunal Constitucional; Fiscal General del Estado; Jefe de la Fiscalía Especial Antidroga y de la Fiscalía del Tribunal Constitucional, hoy es socio del despacho Cremades Calvo Sotelo. Legal Today ha reflexionado con él acerca de la exigencias de una Administración de Justicia sólida y contemporánea, cómo cambia el trabajo a favor de lo bueno y lo justo haciéndolo desde las más altas responsabilidades como Fiscal a como socio de un gran despacho, y sobre la evolución normativa penal. Se trata de una entrevista sumamente interesante a alguien que ve la abogacía como ocasión de ejercitar la humildad “sin la cual la verdadera comprensión y experiencia de la vida no se adquiere”.

Juan Cesáreo Ortiz Úrculo, en la ventana de su despacho

Desde esa atalaya privilegiada de su experiencia, ahora ejerce como abogado. ¿Cuál es, en su opinión, el contraste más grande que siente entre observar la Justicia como Fiscal, a observarla como Abogado?

Trabajar por la Justicia es el denominador común. Cuando actuaba como Fiscal sentía el aliento de la sociedad a mis espaldas, lo que sin duda me ha proporcionado grandes satisfacciones, pero también sufría con las carencias de la Institución y en general de la Administración de Justicia que en ocasiones hacía doloroso y entorpecía el ejercicio de la profesión. Actualmente, aquellas carencias las observo y las padezco desde la defensa de los intereses de mis clientes, que en muchas ocasiones tienen razón, y percibo sus necesidades desde un plano más próximo pero inferior, desposeído de potestas, lo que me obliga a ejercitar esa maravillosa virtud humana que es la humildad sin la cual la verdadera comprensión y experiencia de la vida no se adquiere.

Es verdad que como Fiscal siempre he interesado o solicitado esto o aquello y no he tenido, como los Jueces, la facultad de decir la última palabra. Pero aún así, he sentido el ejercicio de autoridad que el cargo y la proximidad a los Jueces me otorgaban. Sigo lamentando la lentitud de las actuaciones judiciales que obligan a obtener soluciones preprocesales de consenso en muchas ocasiones injustas porque perjudican al que tiene razón, o que hacen irrelevantes las resoluciones judiciales firmes -incluidas las medidas cautelares-, obtenidas con gran esfuerzo, gracias a su dilatado incumplimiento y a los escasos resortes que existen para evitarlo con urgencia.

 

¿Considera que el abogado tiene presente la relevancia pública de su trabajo, o más bien "se queda" en la relación privada profesional-cliente?.

No sé lo que sentirán los abogados que llevan toda su vida en el oficio, aunque creo que las exigencias de hoy -dedicación desinteresada a cursos para extranjeros, gratuidad de la justicia, intervención en asociaciones en defensa de los derechos de los ciudadanos, iniciativas en reformas legislativas, y el derecho constitucional a la defensa, entre otros- hacen casi imposible que los abogados ignoren la relevancia pública de la función que ejercen. 

Por mi parte y después de muchos años de actuar en la función pública y de escribir e interesarme por el conjunto de lo que compone la Justicia, comprenderá que me resulte natural tener presente constantemente la relevancia pública del ejercicio de la profesión de abogado, que ahora ejerzo, aunque sí percibo la relación con el cliente como algo nuevo y esencial que antes no conocía o no había vivido tan de cerca. Y qué duda cabe que es una relación que exige cierto aprendizaje y que me abre nuevos horizontes donde ver, una vez más, el lado humano de las cosas y sentir la responsabilidad que uno adquiere a cambio de la confianza que recibe.

 

Dentro de poco se comenzará a desplegar el Plan de Modernización de la Justicia ¿El gran problema de la Justicia estriba sólo en el déficit de tecnología?

Sin duda no. Yo le diría más. Creo que siendo muy conveniente para ordenar y agilizar el trabajo la mejora tecnológica y, en general, los medios materiales, no es lo más importante para poseer una buena Justicia. Para esto, me parece esencial la selección por mérito y capacidad de Jueces, Fiscales, Secretarios y personal en general, la protección de su independencia, tanto de juicio como presupuestaria, la claridad, rigor y permanencia de las leyes y la simplificación de los procesos, entre otras cosas.

De la Justicia deberían "olvidarse" los demás poderes -incluidos los económicos, los mediáticos, etc- para respetarla, porque sin contrapesos de poder no hay democracia libre y el contrapeso solo se garantiza, en mi opinión, dotando de un origen distinto a los diversos  Poderes, al menos al Judicial. Si el Poder de los Jueces y de los que ejercen funciones relevantes en la Justicia se encuentra dominado o inducido por el Poder político– como ocurre ahora, cada vez más, con el nombramiento de muchos Jueces y Fiscales, y con la jerarquía en el Ministerio Fiscal aplicada al caso concreto, como también sucede-,  el contrapeso y control de los poderes desaparece, surge la corrupción y quiebra el Estado de Derecho y la Democracia. Pero sobre todo, se desprestigia la Justicia no tanto por lo que hace o no hace, que también, sino por su apariencia. Es muy importante el criterio libremente formado e imparcial de los Jueces y de quienes en muchas ocasiones dependen los procesos, como es el Fiscal.

Recuerdo con frecuencia al ilustre abogado italiano, Calamandrei, cuando en su libro "Elogio de los Jueces escrito por un Abogado" destacaba la extraordinaria importancia de las sentencias que, cuando son firmes, constituyen la palabra oficial de lo que es justo o injusto, y por ello decía: "el Estado siente como esencial el problema de la selección de los jueces; porque sabe que les confía un poder mortífero que, mal empleado, puede convertir en justa la injusticia".

 

El caso Gürtel y el caso Faisán hacen plantear quizá más que nunca al ciudadano de a pie la fuerza real de la política en la Justicia. Usted, que ha sido Fiscal General. ¿Cree que los medios de comunicación cargan excesivamente las tintas?, ¿hasta qué punto no es tanto la Justicia, sino los medios, los que enrarecen el ambiente?

Lo que justifica la existencia y protección de los medios de comunicación es su contribución a la formación de la opinión pública. Por eso las informaciones falsas o no contrastadas, o las dirigidas a confundir a los receptores, en ocasiones para favorecer intereses ocultos,  pueden producir en el ciudadano un resultado perverso y contrario al que fundamenta la vida de aquellos medios, y causar unos efectos demoledores para la sociedad y, en lo que ahora interesa, también para la Justicia.  Pero los medios de comunicación tienen derecho a publicar lo que conocen -y en algunas ocasiones a valorar por razones éticas si lo publican- por lo que si ese conocimiento lo reciben -por acción u omisión-  desde los órganos de la Justicia o desde su entorno, de manera indebida, incompleta, sesgada, interesada, o buscando la oportunidad del momento para favorecer a alguien, es obvio que el reproche no puede ser para los medios de comunicación sino para quienes desde ese lugar judicial han realizado una acción prohibida o no ha hecho nada por evitar que se repita.   

 

Siguiendo con los medios, son los casos más relevantes (caso Mariluz, caso Marta del Castillo, violador del Ensanche, caso Parot) los que hacen que la sociedad pida cambios legislativos concretos (pena de muerte, cadena perpetua, castración química, modificación del sistema de beneficios penitenciarios, etc.). ¿Cómo valora que los políticos bailen al compás de la legítima indignación de la sociedad?

Me parece excesivo decir que los políticos "bailan al compás de la indignación de la sociedad" porque creo que más bien bailan "al compás de los medios de comunicación, o quizá de algunos", y también al compás de sus intereses particulares y electorales. Legislar "a golpe de noticia" se ha convertido en habitual en España, pero también hacerlo contra viento y marea, sin oír "a los contrarios" y "de acuerdo con la moda de unos pocos" ha sido y sigue siendo frecuente. Asimismo es una costumbre muy extendida olvidar las críticas que se hicieron a muchas leyes cuando se promulgaron y referir los cambios posteriores a circunstancias sobrevenidas.

El llamado pomposamente Código Penal de la democracia fue muy criticado en su origen, determinó enfurecidos ataques de sus "padres adoptivos" hacia los detractores y, ello no obstante, se ha visto reiteradamente modificado a lo largo de los años -gracias a la precipitación con que se publicó- sin que el arrepentimiento de los que lo promovieron haya siquiera aflorado, aunque sea tímidamente.

Lo mismo podría decirse de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor, con sus inmediatas y sucesivas reformas, y con las consiguientes modificaciones que se introdujeron en el Código Penal, algunas abortadas (como la minoría de los 18 a los 21 años), cuyos defectos, muchos anunciados, se han venido confirmando durante su aplicación sin que, el afán político de convertirlo en el "piso piloto" de la reforma general del proceso penal y de las medidas, que no penas, a aplicar, haya permitido entonar el mea culpa a sus autores y sí referenciarlo siempre a las "nuevas circunstancias sobrevenidas".

Es curioso, por ejemplo, que cuando todo el mundo admite que los menores se hacen mayores mas deprisa que antes y pueden ser más violentos, la edad penal se haya retrasado de los 16 a los 18 años. O que en el procedimiento penal del menor se convierta al Fiscal en un ser esquizofrénico que tan pronto tutela y defiende al menor como instruye un proceso penal en su contra, o decide motu propio y por oportunidad terminar o no con la instrucción.

Afirmar hoy que "el éxito" de este proceso de menores, con el Fiscal como Instructor, justifica su extensión al proceso penal ordinario es sencillamente un argumento buscado y preparado, pero no real. Así lo creo porque además resulta difícil entender que un Ministerio Fiscal que se rige por el principio de unidad de actuación deba por un lado recopilar con objetividad  "todas las diligencias de instrucción", tanto las que favorezcan como las que perjudiquen al imputado, y por otro sea después el que acusa a ese mismo imputado. La imparcialidad no tiene buena apariencia, menos si a eso añadimos el principio de jerarquía al que antes me he referido.

En todo caso pienso que la indignación de la sociedad, si es que existe, nunca debería determinar por sí los cambios legislativos inmediatos ni los jurisprudenciales. Es verdad que tanto el legislador como los Jueces deben escuchar a la sociedad pero la ley y su aplicación debe ser siempre el resultado de una reflexión serena, general y de largo recorrido, que no incorpore movimientos instintivos, apasionados o interesados, esto último en el peor sentido de la palabra.

 

¿Debe ser el Fiscal quien instruya las causas penales y no el Juez de Instrucción?.

En la nueva-vieja reforma del proceso penal, tantas veces anunciada y no lograda, se intenta, al parecer una vez más, suprimir el Juez de Instrucción y darle al Fiscal esa función. Sin embargo hay dos aspectos preocupantes: el primero es que quienes proponen la reforma y hablan públicamente de ella no aclaran a qué Instrucción se refieren; y lo segundo es que tampoco entran a explicar qué cambio institucional y estatutario del Ministerio Fiscal está previsto o si no hay ninguna previsión al respecto.

En mi opinión, toda investigación procesal penal es determinante para el resultado final del proceso -condena o absolución- porque de ella depende en gran medida el archivo del caso o el desarrollo del juicio y el contenido de la sentencia. De ahí que, al margen del aseguramiento de las garantías del proceso, que es siempre cuestión judicial, el acopio de "pruebas", dicho en términos vulgares, deba ser realizado por un órgano independiente e imparcial que asegure la traída al proceso de "todas" las posibles y necesarias para juzgar y no sólo de algunas. Mientras el Fiscal no reúna esas características no creo que deba encargarse de la Instrucción, y mucho menos al margen del Juzgado y por su cuenta.

La manida alusión a que en Europa es el sistema aceptado carece de fundamento. Cada ordenamiento jurídico ha de valorarse en su conjunto y no por parcelas. El francés o el italiano, por ejemplo, parten de una premisa que aquí no existe: las carreras judicial y fiscal están unidas y permiten que un fiscal pase a ser juez o a la inversa. Los Fiscales son Magistrados del Ministerio Público. Los ordenamientos anglosajones y los controles del Estado en su conjunto no son comparables con el nuestro.

La idiosincrasia de los pueblos y sus tradiciones son por ahora esenciales para valorar sus sistemas procesales y el conjunto de todo ello es lo que vale.

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