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27/04/2024. 04:54:24

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Abogacía de Oficio, al servicio de la ciudadanía

Carmen Valenzuela Hidalgo. Abogada y diputada responsable del Turno de Oficio del Colegio de la Abogacía de Barcelona

El servicio que se presta en el Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita es una de las máximas expresiones del Estado de Derecho en España, ya que a través de éste se garantiza el derecho de defensa en igualdad de condiciones para toda la ciudadanía. En Cataluña la asistencia jurídica gratuita se sufraga a través del departamento de Justicia de la Generalitat.

Los abogados y las abogadas, especialmente aquellos y aquellas que prestan sus servicios en el Turno de Oficio, se han erigido como garantes históricos y guardianes últimos del derecho a la tutela judicial efectiva. Con el máximo compromiso y entrega trabajan las 24 horas del día, y los 365 días del año para defender los derechos y libertades de la ciudadanía.

Siempre he estado y estaré orgullosa de ser abogada, y mi vocación de servicio hacia la sociedad me llevó precisamente a adscribirme al Turno de  Oficio del ICAB en el año 2005.

El ejercicio de esta profesión comporta un contacto muy directo con la realidad, atendiendo situaciones de vulnerabilidad en diferentes estratos de la sociedad, desde crímenes y robos, ocupaciones, crisis matrimoniales, ciberdelitos, situaciones laborales complejas, o dramáticos casos de violencia machista, por citar algunos ejemplos. No obstante, y a pesar de las guardias, de las esperas, de las situaciones frecuentemente duras a las que tienes que enfrentarte, no renuncio a mi compromiso con las personas y, por ello, la abogacía de Oficio debe ser vista siempre como un apoyo que tiende su brazo y presta un acompañamiento para hacer más soportables los problemas de la ciudadanía.

Prueba de esta confianza de la sociedad en la abogacía de oficio son el importante volumen de peticiones de asistencias que recibimos. Así, por ejemplo, entre los cerca de 3.100 abogados y abogadas que estamos adscritos al Turno de Oficio del ICAB hemos recibido más de 106.200 designas a lo largo de todo el año 2021. Contamos con abogados y abogadas expertas en temas civiles, penales, de extranjería, de derecho laboral, de violencia de género, entre otros, y fruto de las nuevas situaciones y problemáticas pusimos en marcha un Turno de Oficio específico sobre Segunda Oportunidad, precisamente para dar una mejor respuesta jurídica a las personas que deben afrontar las consecuencias de un sobre endeudamiento.

Quiero señalar que la abogacía es un sector con paridad en cuanto al acceso a la profesión y ello se refleja también en la Abogacía de Oficio, pues del total de nuevas incorporaciones que se hicieron en el pasado año, el 51,76% fueron abogados y el 48,24% abogadas. También los datos revelan que hay paridad en las especializaciones, si bien, hemos detectado que en el mes de enero de 2022 hay más letradas adscritas a los turnos de derecho matrimonial, eclesiástico, VIGE, civil, hipotecario y de segunda oportunidad.

La Abogacía de Oficio, servicio esencial

La Abogacía de Oficio es una pieza clave en nuestra sociedad, y precisamente cuando se declaró el estado de alarma, durante el inicio de la pandemia, se puso, una vez más, de relieve la importantísima labor que desempeña, cuya esencialidad quedó patente al garantizar con su encomiable trabajo el derecho de defensa de la ciudadanía en aquellos casos en que por su naturaleza y urgencia no podían ser aplazados. Ante esta situación sin precedentes, como responsable del Turno de Oficio del ICAB y con el apoyo de la Junta del Gobierno de la Corporación llevé a cabo un conjunto de gestiones para preservar la integridad física y la salud de los abogados y abogadas que tenían que atender la defensa de las personas detenidas en la demarcación territorial del ICAB.

Como consecuencia de ese trabajo y con la intervención de Jesús Sánchez, en aquel momento secretario de la Junta de Gobierno y actualmente decano del ICAB, se consiguieron los Acuerdos Gubernativos del Juzgado Decano de Barcelona de 26 y 30 de marzo de 2020. Estos acuerdos permitieron que como diputada del Turno de Oficio del ICAB pudiera materializar el uso de la videoconferencia, por parte de los letrados y letradas, para asistir de inmediato a la persona detenida cuando ésta se encontrara en dependencias policiales. Con esta medida se consiguió de forma histórica que los abogados y abogadas no tuvieran que desplazarse a comisaría y recibieran el atestado o la parte esencial del mismo para poder llevar a cabo la asistencia en interés de la persona detenida. El principal objetivo de este recurso fue evitar el desplazamiento de letrados y letradas, pero sin dejar de priorizar el adecuado desarrollo de las garantías procesales, así como la necesidad de evitar el incremento del tiempo de la detención.

Un cambio tan trascendental como éste, que incorporó de manera normalizada el uso de las videoconferencias, fue posible gracias a la buena predisposición de los cuerpos policiales y de la Abogacía. Ha sido una medida eficiente que debería mantenerse.  

Reivindicación histórica de la Abogacía

Como abogada estoy muy orgullosa de la reforma operada en Cataluña por la Ley 17/2020, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, pues en la actual redacción del artículo 31 de dicha norma, se establece la preceptividad de la asistencia letrada a las víctimas de violencia machista en el momento de la interposición de la denuncia en comisaría.

Sin duda se trata de una reclamación histórica de la Abogacía ya que el acompañamiento por un letrado o letrada a la víctima de violencia machista garantiza que ésta reciba una información completa de los derechos que le asisten, por lo que considero que es un importante avance para ayudar a combatir esta lacra social.

Es preciso destacar también que la Abogacía adscrita al Turno de Oficio ha tenido y tiene un papel fundamental en la defensa de las víctimas de violencia machista, pues el Turno de Oficio del ICAB cuenta con un turno específico sobre esta materia. Además, quiero recordar que la ley de justicia gratuita establece que con independencia de la existencia de recursos para litigar, se reconoce el derecho de asistencia jurídica gratuita, que se les prestará de inmediato, a las víctimas de violencia de género, en aquellos procesos que tengan vinculación, deriven o sean consecuencia de su condición de víctimas.

Dignificar la Abogacía de Oficio

La Abogacía cumple una función social innegable, siendo el Turno de Oficio una de sus manifestaciones más intensas, pues permite la materialización de la justicia de acuerdo con lo previsto en la meta 16.3 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas: la promoción del Estado de Derecho en los planos nacional e internacional y la igualdad de acceso a la justicia para todos como propósitos de una sociedad que aspira a ser verdaderamente democrática.

Por ello, es necesario reivindicar una retribución justa y puntual para todos los letrados y letradas que desempeñan su labor en el Turno de Oficio. Las compensaciones por actuación realizadas están muy alejadas de las del libre mercado y deben responder a la dignidad y al compromiso de los profesionales que prestan un servicio que es una garantía fundamental del Estado de Derecho: el derecho de defensa.

Es necesario recordar que ya en el preámbulo de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita establece que este servicio tan esencial esté dignamente y  suficientemente remunerado.

Por ello, no estamos exigiendo nada que no merezcamos. Es una reclamación histórica que hacemos desde la Abogacía institucional mientras no se revierta la situación en la que se encuentra la Abogacía del Turno de Oficio. 

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