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20/04/2024. 07:51:49

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El papel del Compliance en Igualdad

Rocío Fernández Vílchez Socia – Abogada Dpto. Derecho Penal HispaColex

Las nuevas exigencias normativas unidas a las mayores consideraciones sociales, hacen que la empresa de un giro de 180 grados, implantando no solo políticas de Protección de Medio Ambiente, Protección de Datos,  Protección Tributaria, sino que se proteja desde ella algo tan evidente y básico como la Igualdad de Género, comprometiéndose todos los que intervienen en ella como empleados, clientes, proveedores y colaboradores.

La implantación del Compliance en la empresa hace que sea tan necesario como adecuado desarrollar políticas internas de diferentes materias, siendo actualmente una de las más necesarias aquellas que fomentan la igualdad, obteniéndose así un compromiso total de la organización.

La Igualdad se define como la situación en la cual mujeres y hombres deben tener las mismas posibilidades y oportunidades, tanto en la toma de decisiones como en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar, por tanto no puede la empresa dejar de aplicar este concepto dentro de su estructura.

Para erradicar posibles escenarios desiguales, socialmente se han venido a desarrollar planes de acción dirigido a los más jóvenes, por ejemplo con planes de formación en centro educativos, con el objetivo de conseguir que estos avancen y maduren en igualdad, pero frecuentemente las instituciones se han olvidado de dirigir estas políticas y planes a la población de mediana edad, donde aún se encuentran casos de desequilibrio y no se actúa al respecto. Ahí es donde se debe avanzar, siendo la empresa un instrumento ideal para aplicar los planes de acción, exigiéndole el cumplimiento de la igualdad dentro la estructura empresarial.

En esta materia es prioritario formar a los miembros de la empresa, no pudiendo presuponerse como ya impartida una formación que nunca se ha recibido, por muy evidente o lógico que parezca. Para la igualad es necesario una serie de actuaciones, como son: el desarrollo un buen código ético, de políticas anti acoso, auditorias de salarios retribuidos, políticas de respeto etc…, con oportunidad de exponer a los miembros situaciones que pueden ser posibles en la empresa y que jamás se pueden permitir.

Con el desarrollo de estos manuales o políticas no solo  se limitará la actuación de los miembros de la organización a cumplir taxativamente lo establecido, sino que se irá modificando y adaptando a lo largo del tiempo con el objetivo de adaptarse a las distintas realidades que se vayan produciendo.

Como toda medida implantada en la empresa se debe realizar un seguimiento y control, con objeto de comprobar el grado de cumplimiento, así como la necesaria modificación de su contenido. Para ello utilizaremos check-list, controles concretos y específicos,  y por supuesto el canal de denuncias, donde cualquier persona de la organización (alta dirección, trabajadores, colaboradores, proveedores, etc…)  podrá denunciar cualquier acción irregular que se esté desarrollando en la empresa, manteniendo siempre la confidencialidad del denunciante.

En las últimas novedades introducidas por el legislador, reforma del Código Penal operada por la Ley Orgánica 10/2022 de 6 de septiembre, el concepto de igualdad ha aumentado de valor dentro de las organizaciones empresariales, ampliando el catálogo de delitos de la persona jurídica como son:

  • Delito contra la integridad moral (artículo 173.1 del Código Penal), donde puede ser condenada la empresa si algún miembro de esta infrinja a otra persona un trato degradante o  menoscabando su integridad moral, así como actuaciones hostiles o humillantes  que supongan acoso y se realicen en el ámbito laboral.
  • Delitos de acoso sexual (artículo 184.5 del Código Penal) responsabilizando a la empresa en conductas con solicitud de favores de naturaleza sexual dentro del ámbito laboral.

Por tanto, la tendencia a responsabilizar a la empresa de todo aquello que suceda dentro de su estructura es clara, especialmente en aquellos casos en los que se contravenga el respecto y la igualdad entre las personas, siempre y cuando no se haya controlado previamente.  Con la implantación de los planes de cumplimiento normativo conseguimos avanzar hacia un único objetivo: una cultura de igualdad, desarrollando planes de acción y fomentando en nuestra empresa el cumplimiento de este principio básico y elemental.

Es en la empresa donde se pueden conseguir las metas requeridas por la normativa, en concreto, que sus miembros actúen bajo el respecto y la igualdad, y con ello se conseguirá un efecto cascada, donde todas y cada una de las actuaciones empresariales sean totalmente lícitas y éticas, evitando así la instrumentalización de las mismas para delinquir.

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