La figura del Compliance Officer surge como respuesta a la complejidad regulatoria y normativa que afecta a las empresas y organizaciones. Este perfil, cada vez más demandado, se centra en gestionar el cumplimiento normativo de una entidad, así como de supervisar y controlar los riesgos legales que implican las actividades empresariales. Como bien sabemos, su gran impulso fue la Reforma del Código Penal que llevó aparejada la responsabilidad de la persona jurídica.
Esta figura es responsable de definir, establecer y desarrollar un Buen Programa de Cumplimiento. ¿Qué características debe cumplir el programa?
- Buen diseño: adecuada valoración de riesgos, políticas y procedimientos, comunicación y formación, salvaguarda confidencialidad, gestión de terceras partes, etc
- Contar con recursos adecuados y nivel de poder suficiente para su efectivo funcionamiento.
- Revisión continua, mejoras y actualización.
Con una simplificación al máximo, nos remitimos a una adecuada identificación y gestión de los riesgos de incumplimiento, así como una asignación de los controles destinados a evitar la materialización de los riesgos o a mitigar su impacto en caso de ocurrencia.
Tras un comienzo muy sencillo, casi de manual, permitidme que comparta una serie de reflexiones, absolutamente personales, sobre la diversidad en general y la diversidad de género en particular.
La diversidad es un elemento creador de valor en los procesos de análisis y toma de decisiones, tanto a nivel empresarial, como en la vida misma.
Tendemos a pensar en diversidad de género, pero no perdamos de vista otro tipo de diversidades que pueden ser tan o más relevantes porque no están asociadas a un género concreto.
Diversidad de conocimientos en un grupo que lleve a una visión 360º de la situación que se analiza, diversidad cultural, geográfica, diversidad en edad, etc, sin olvidar la diversidad de mentalidad entendida como las diferentes formas de enfrentarse a una situación o afrontar un problema.
Hasta aquí, ¿hemos contado algo que sea específico de hombres o de mujeres? Creo que no.
Una vez la cultura ancestral y la tradición cambiaron de signo promoviendo la igualdad de oportunidades, se ha producido un notable avance en materia de integración. Eso sí, aún insuficiente y como todo, con un gran desequilibrio entre países.
Me parece un gran acierto denominar esta iniciativa Mujeres por Derecho. ¿Por qué? Porque las mujeres tenemos derecho a la inclusión, tenemos derecho a la igualdad de oportunidades, tenemos derecho a que no se apliquen sesgos sexistas, tenemos un montón de derechos.
Aquí es donde yo quiero hacer una llamada de atención.
Las Mujeres Somos más que capaces de realizar cualquier actividad que nos propongamos y conseguir aquellos objetivos que nos planteemos. No es una cuestión de derechos, es una cuestión de actitud. Nos lo tenemos que creer e interiorizarlo.
Esa actitud es la que hay que fomentar en aquellas mujeres que, por conseguir sus objetivos, y tratar de demostrar el valor que aportan, hacen un enorme sacrificio personal, perdiendo el foco sobre donde está el equilibrio. No es necesario justificar nada más allá del rendimiento y la capacidad. Ser simplemente humano y profesional, en una combinación adecuada que permita establecer la estabilidad en los distintos aspectos de la vida, es tan sencillo, y a veces tan difícil.
¿Somos iguales los hombres y las mujeres? ¿En qué? ¿Para qué? ¿Por qué? Desde mi punto de vista ni los hombres son iguales a las mujeres ni viceversa, pero tampoco los hombres son iguales unos a otros ni las mujeres tampoco. Más allá del género, está algo mucho más importante, el individuo, la persona con sus atributos personales los cuales, volviendo a la diversidad, son los que nos enriquecen en todas nuestras relaciones, incluidas las profesionales. No me gusta que se hable de “soft skills” para referirse a las habilidades propias del género femenino. Tanto anglicismo, en este caso me lleva a pensar en debilidad. Estamos hablando de comunicación, liderazgo, inteligencia emocional, flexibilidad, resolución de problemas, etc. Conozco mujeres que podrían pasar toda su vida formándose en estos atributos, y no conseguirían acercarse a ellos ni de lejos. También hombres sobrados de estas características. ¿Dónde está la diferencia?
Dicho lo cual, y volviendo al modelo de Compliance con el que comenzaba este artículo, tenemos un riesgo principal y un control asignado, aparte de todos aquellos que se os ocurran para enriquecer el modelo. Yo pretendo simplificar.
Riesgo Mayor: Existencia de brecha de género
Principal Control asignado: La normativa y los cupos.
Es triste que la naturalidad no fluya libremente y tengamos que ampararnos en estas palancas para simplemente ser persona, porque se pierde la espontaneidad y muchísimo más y más grave la eficiencia en el proceso.