Por 68 diputados a favor de la abolición, 55 en contra y 9 abstenciones en el Parlamento de Cataluña. Desde el punto de vista práctico, supone modificar el art. 6 del Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales
La Monumental de Barcelona ya no será más lo que era, y probablemente desaparecerá. En año y medio el único coso de la Comunidad Autónoma que últimamente está más en primera línea informativa legal y política echará el candado. Continuarán de todos modos la suelta de toros y vaquillas en fiestas de poblaciones del sur de Tarragona, los “correbous” y los “correllaç”, que no implican la muerte del astado.
Tras polémicos meses entre aficionados y detractores de la fiesta de los toros, el Parlamento de Cataluña se ha pronunciado definitivamente esta mañana sobre la Iniciativa Legislativa Popular llevada adelante por la plataforma Prou y que firmaron 180.000 personas.
Con Cataluña ya son dos las Comunidades Autónomas -la primera fue las Islas Canarias– que acuerdan prohibir los festejos taurinos en su territorio, esgrimiendo motivos relativos a de defensa de los animales y en uso de sus competencias autonómicas en materia de festejos.
Esta aprobación ha estado sobrecargada de significado por las tensiones separatistas que salen a primera plana cotidianamente, pocas jornadas después del pronunciamiento del Tribunal Constitucional acerca de la reforma del Estatuto de Cataluña.
¿Quiere saber cómo quedó el recurso de inconstitucionalidad del Estatuto de Cataluña?
Tras prosperar esta Iniciativa Legislativa Popular, se modificará el artículo 6 de la Ley de Protección de los Animales para prohibir "las corridas de toros y los espectáculos con toros que incluyan la muerte del animal y la aplicación de las suertes de la pica, de las banderillas y del estoque, los cuales quedan excluidos los encierros.