El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Tratado de extradición y el Tratado sobre traslado de personas condenadas de extradición entre el Reino de España y la República Socialista de Vietnam.
Tratado de extradición
El Tratado de extradición con Vietnam facilita la posibilidad de procesar y, en su caso, condenar a las personas que han huido del país donde hayan cometido un delito. Establece la obligación de extraditar y los delitos que dan lugar a la extradición, así como las condiciones que han de reunir. El Tratado fija las reglas relativas a la ejecución de la extradición y la entrega de los bienes adquiridos como resultado del delito o que puedan servir como prueba. Asimismo, establece el principio de especialidad en garantía de que la persona extraditada no podrá ser procesada, detenida o juzgada por delitos anteriores a su entrega, distintos de aquellos que motivaron su extradición.
Cabe destacar las normas relativas a los motivos de denegación obligatorios, que recogen expresamente como causa denegatoria la falta de garantías de que la pena de muerte no será aplicada a la persona extraditada.
Tratado de traslado de personas condenadas
El Tratado de traslado de personas condenadas incrementa la cooperación en el ámbito del traslado de personas condenadas a penas privativas de libertad.
El Tratado recoge las condiciones y requisitos para la solicitud y ejecución del traslado: consentimiento del condenado, principio de doble incriminación y requisitos formales de la solicitud. Asimismo, establece los derechos de información y las peculiaridades en la ejecución del traslado y de la condena con carácter general, manteniendo los principios de non bis in idem y de información al Estado de condena.