¿Hay menos pleitos?, ¿o los que hay no se meten en el Juzgado por miedo a la lentitud? En las jurisdicciones Civil y Penal apenas ha variado el número de asuntos. La disminución ha sido evidente en los órdenes Social y Contencioso-Administrativo.
Esta semana se presentó el estudio “La Justicia dato a dato”, preparado por el Consejo General del Poder Judicial. En él se recogen una serie de cifras, índices y valoraciones que, en su conjunto, ofrecen una radiografía de la actual situación de la Justicia española. Pueden sacarse varias conclusiones, una de ellas es el descenso del número de casos que entran a la Administración de Justicia. Los medios alternativos de resolución de conflictos, querer evitar el pago a abogado y procurador o el desánimo ante la lentitud pueden ser las principales de las causas.
En 2010 descendió, por primera vez en los últimos años, el número de asuntos llegados a los juzgados y tribunales españoles. Fueron 9.355.000, un 2,2 por ciento menos que en 2009, cuando ingresaron 9.567.000. Además, la media de sentencias dictadas por cada miembro de la carrera judicial creció en 2009 un 3,4 por ciento en el conjunto de las jurisdicciones, y en 2010 esta cifra volvió a crecer hasta el 5 por ciento en la jurisdicción civil. Todo ello son datos que refleja el estudio presentado por el CGPJ.
Gabriela Bravo, Portavoz del Consejo General del Poder Judicial, afirmó en la rueda de prensa donde se dieron a conocer todos los datos que "es un dato significativo, toda vez que tanto en 2008 como 2009 el crecimiento de asuntos fue especialmente elevado. Pero en 2010 el promedio de asuntos ingresados en juzgados y tribunales fue de 199 por cada 1.000 habitantes, un 2,8 por ciento menos que en 2009, año en que la tasa fue de 204".
Andalucía, Madrid, Canarias, Murcia y la Comunidad Valenciana son las comunidades con una más alta tasa de litigiosidad, por encima de los 200 asuntos por cada 1.000 habitantes. Por debajo de la media nacional se sitúan La Rioja y el País Vasco. Mientras que en las jurisdicciones Civil y Penal apenas ha variado el número de asuntos ingresados, la disminución ha sido más evidente en los órdenes Social y Contencioso-Administrativo.
Miguel Pascual Riquelme, Decano de los jueces de Murcia, comentaba hace un tiempo a Legal Today que "el acceso a la jurisdicción no puede ni puede ni debe ser ilimitado, porque no lo son los recursos ni las capacidades del sistema. Naturalmente, tales limitaciones deben establecerse de manera racional y sin merma de derechos de los justiciables. Han de encontrarse, sin complejos, mecanismos de reducción de la litigiosidad, por la vía de la limitación del acceso a la jurisdicción y de la potenciación de mecanismos de resolución alternativa de conflictos. El Derecho Comparado ofrece muchos ejemplos de buenas prácticas en este ámbito que pueden ser replicados en nuestro país".
Justicia ágil
Según Gabriela Bravo, "frente al tópico de lentitud, las estadísticas avalan la apreciación de que la Justicia española es muy ágil. Así lo demuestra el dato de que la duración media de un proceso judicial, en la primera instancia, está en torno a sólo cuatro meses, cinco en el caso de la segunda instancia. Y como dato altamente positivo les indicaré que, en el Tribunal Supremo, la duración media de un procedimiento se sitúa en un año, 12 meses". Siguió Bravo matizando que "esta rapidez en la respuesta es especialmente loable en las jurisdicciones de lo Social y de lo Civil, en particular el área Mercantil, que como saben han sufrido un descomunal crecimiento de su carga de trabajo por la oleada de expedientes de regulación de empleo, despidos y crisis empresariales producida en los últimos años".