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18/04/2024. 22:25:44

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Diga adiós a la Demarcación y Planta judicial que conoce

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Ya hay conclusiones de la Comisión de expertos para adaptar a la España actual la Ley de Demarcación y Planta Judicial. Entre 2001 y 2009 se crearon 700 unidades judiciales, que no han evitado el colapso de expedientes.

El Ministro de Justicia ha elevado al ejecutivo el informe elaborado por la Comisión de expertos para adaptar a la España actual la Ley de Demarcación y Planta Judicial. La Comisión se creó en septiembre del pasado año para realizar un estudio previo que sirva de base para la elaboración de una nueva Ley de Demarcación y Planta Judicial, adaptada a la realidad demográfica y a la configuración actual del sistema de justicia, que sustituya a la actual, que data de 1988 y que, a su vez, se basó en el modelo establecido en el Siglo XIX.

Un mazo apoyado sobre un libro grueso.

Durante los más de veinte años de vigencia de la actual Ley, en los que ha sido necesario modificar su texto en catorce ocasiones y se han creado 2.557 nuevas unidades judiciales, la planta judicial se ha duplicado y se han creado órganos judiciales de nuevo cuño que no estaban contemplados en el diseño original. Es el caso, por ejemplo, de los juzgados de lo contencioso-administrativo, de lo mercantil, de menores o de violencia de género. 

La opinión generalizada hoy es que el sistema vigente ha agotado todas sus virtualidades. La creación de más de 700 unidades judiciales entre 2001 y 2009 no ha impedido el incremento porcentual anual de la pendencia de asuntos, que en 2008 alcanzó el 15,80% interanual.

En términos generales, la tasa de crecimiento anual promedio (2002-2008) de la pendencia (4.95) ha sido el doble de la de creación de nuevos órganos (2.70).  El problema no se circunscribe, por tanto, sólo a la dotación de medios sino también a la inadecuación de la organización judicial a los nuevos tiempos, realidades y necesidades sociales.

Por todo ello, la Comisión de expertos optó por presentar un informe de conclusiones y recomendaciones que sirvan de guía maestra para la elaboración de la futura Ley, en la que habrán de participar todos los sectores y actores implicados.

Principales recomendaciones de la Comisión

  • Superación del partido judicial como base del modelo: El partido judicial responde a un contexto histórico caracterizado por grandes deficiencias en las infraestructuras públicas y por las consiguientes dificultades de comunicación y desplazamiento. En la actualidad, el recto entendimiento del derecho de todas las personas a obtener la tutela efectiva de los Jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, reconocido en el artículo 24 de la Constitución, obliga a conciliar la garantía de fácil acceso de todos los ciudadanos a los órganos judiciales y la necesidad de evitar una dispersión excesiva de medios personales y materiales que quebrantaría los principios de racionalidad, economía y aprovechamiento de los recursos públicos por los que se rige toda organización eficaz. En este sentido, deben estudiarse nuevas fórmulas encaminadas a diseñar estructuras territoriales más homogéneas y acordes con la España actual.
  • Extensión de la organización colegiada: La nueva ordenación de la planta permitiría trasladar las ventajas del sistema de organización colegiada a los tradicionales ‘juzgados', que podrán estructurarse como un único tribunal con el número de Jueces que sea preciso, con un presidente y con una oficina que preste servicio a todos ellos.
  • Creación de tribunales de base o primer grado: Es necesaria la creación de un primer escalón en la organización del poder judicial encargado de conocer de aquellos asuntos que no revisten una especial complejidad y pueden recibir un tratamiento más ágil. Estos tribunales se distribuirían de acuerdo con variables objetivas como la población, la carga de trabajo o la accesibilidad geográfica. Las plazas de estos órganos se han de cubrir con los primeros escalones de la carrera judicial, favoreciendo el acopio de experiencia por parte de los Jueces de nuevo  ingreso como paso previo a su promoción profesional.
  • Creación de tribunales de instancia: Los órganos judiciales de instancia, en cuanto tribunales especializados situados en núcleos urbanos importantes, responden a la necesidad de establecer un sistema moderno de organización judicial, más ajustado a la realidad de los países de nuestro entorno, en los que este tipo de unidades judiciales especializadas y concentradas ha permitido alcanzar mayores cotas de eficacia. Estos tribunales permitirían implantar un nuevo modelo que atienda principalmente a la naturaleza del asunto a enjuiciar.
  • Atribución de la investigación penal al Ministerio Fiscal: La superación del actual ‘partido judicial' y la concentración de la instancia están íntimamente ligadas a la necesidad de cambiar el sistema actual de investigación penal. Aprovechando la especial fisonomía del Ministerio Fiscal, como órgano dotado de una mayor movilidad territorial y capacidad de especialización dentro del orden penal, cabe establecer un nuevo modelo de investigación penal más ágil, flexible y adaptado a los distintos tipos de delincuencia.

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