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25/04/2024. 13:28:09

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El adiós al Impuesto de Sucesiones quizá no era definitivo

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Es época de crisis, y todas las entradas de dinero a las arcas del Estado son bienvenidas. Por eso llamaba la atención a muchos el que el Impuesto de Sucesiones estuviese prácticamente desmantelado en España. Solbes propuso, como forma de revivirlo, establecer un tipo mínimo estatal, pero el hecho de que fuese necesario un consenso con las Autonomías hizo esto muy difícil. Ahora, con la llegada de la nueva Ministra, se plantea de nuevo; pero de modo que sólo paguen las herencias de muy cuantiosas.

El adiós al Impuesto de Sucesiones quizá no era definitivo

Actualmente, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones está regulado por la Ley 29/1987, de 18 de diciembre y desarrollado por el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre. Grava la adquisición de bienes y derechos por herencia, legado, o cualquier otro título sucesorio; la adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico gratuito e inter vivos; y la percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguros sobre la vida, cuando el contratante sea persona distinta del beneficiario. El Impuesto de Sucesiones no es autonómico, sino un tributo del Estado que se ha cedido a las Comunidades Autónomas. Por lo tanto, la competencia normativa continúa en el Ejecutivo central; lo único que ocurre es que las Autonomías aplican bonificaciones, de tal modo que prácticamente queda como inexistente.

La Administración se ha dado cuenta de que eliminar impuestos, como el del Patrimonio no implica que, necesariamente, se active la economía: la gente tiene miedo y se ha vuelto muy conservadora en lo que respecta a gastos e inversiones. Por ello, ahora, y sobre todo con la llegada de la nueva Ministra Salgado, se reaviva una idea que ya tenía Solbes: reeditar el impuesto de sucesiones.

El modo de llevarlo a cabo implicaría "saltar" el inconveniente que puede representar la negociación con los Gobiernos autónomos: no se pondría un tipo mínimo intocable para las Autonomías, sino un umbral máximo a las exenciones autonómicas. Según parece, este tope máximo estaría entre los seis y los diez millones de euros. Es decir, pagarían Impuesto de Sucesiones los patrimonios muy elevados. ¿Será eficiente esta medida? A simple vista, parece que no, porque ese tipo de patrimonios suelen estar lo suficientemente escondidos como para poder esquivar al fisco. Además, se paga una sola vez -con la muerte del causante-. Esperemos que no sea mucho ruido, para pocas nueces.

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