El Ejecutivo aprobó en el pasado Consejo de Ministros los convenios de colaboración con todas las comunidades autónomas -excepto el País Vasco y Navarra- y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) para controlar la incapacidad temporal en el período 2017-2020. Según Moncloa, los convenios mejorarán la colaboración y coordinación entre los Servicios Públicos de Salud de las comunidades autónomas y las entidades gestoras y colaboradoras de la Seguridad Social con el fin de controlar la prestación sin generar molestias a los trabajadores.

El objetivo de estas medidas es asegurar que el gasto del sistema se dedica a proteger adecuadamente a los trabajadores que se encuentra incapacitados para el trabajo. El Ejecutivo también ha fijado los créditos para financiar esos acuerdos. Como novedad, aumenta el porcentaje de crédito destinado a la transmisión telemática de partes médicos de baja, confirmación y alta. Además, se incrementa la formación de los médicos de atención primaria en relación con las prestaciones de incapacidad temporal, se incrementa la asignación de crédito a la gestión de las propuestas de alta que envían las mutuas colaboradoras y se intensifica el acceso telemático a las historias clínicas.
Todos los acuerdos contemplan dos apartados: un programa de actividades para modernizar la prestación de Incapacidad Temporal, al que se supedita el 60% del crédito, y unos objetivos de racionalización del gasto para cada año, para los que se reserva el 40% restante.
Novedades
Los convenios autorizados, que cubren, como se ha citado, el período temporal hasta 2020, incorporan algunas novedades relativas a la distribución de los créditos para la financiación de la mejora de la gestión y del control de los procesos de Incapacidad Temporal. Son los siguientes:
- Se aumenta del 20% al 22% el porcentaje de crédito destinado a la transmisión telemática de partes médicos de baja, confirmación y alta. La correcta cumplimentación de los partes es clave para que el traslado de la información gane en agilidad y calidad.
- Se incrementa la formación de los médicos de atención primaria para que conozcan las circunstancias que atañen a la Incapacidad Temporal como prestación en la que participan los Servicios Públicos de Salud.
- Se intensifica el acceso telemático a las historias clínicas de atención primaria. La información de los servicios Públicos de Salud es básica para que el Instituto Nacional de la Seguridad Social pueda conocer las dolencias de los trabajadores y valorar la recuperación o incapacidad de estos. Además, se avanza en la equiparación en el acceso al historial en atención especializada.
- Se incrementa la asignación de crédito a la gestión de las propuestas de alta que envían las mutuas colaboradoras a los Servicios Públicos de Salud con la finalidad de que estos se impliquen en esas valoraciones, y al objetivo de racionalización del gasto. En ambos casos, la meta es asegurar que el gasto del Sistema se destina a su objetivo primordial que es proteger adecuadamente a los trabajadores que se encuentran incapacitados para el trabajo.
Distribución del crédito
Los Acuerdos alcanzados por el Consejo de Ministros posibilitan la suscripción de los convenios entre la Seguridad Social y las Comunidades Autónomas y el INGESA para financiar, como se ha mencionado, el elenco de medidas dirigidas a mejorar la gestión y el control del gasto en Incapacidad Temporal (bajas laborales).
Las autorizaciones contemplan un importe máximo de gasto para todo el período (2017-2020) de 1.259,17 millones de euros (no tiene en cuenta a INGESA y La Rioja porque su nivel de gasto no requiere aprobación por parte del Consejo de Ministros). Del crédito global reservado para estos cuatro años, que, incluyendo al INGESA y La Rioja asciende a 1.271,66 millones de euros, casi 318 millones de euros (317.914.500,6) corresponden al ejercicio 2017.