
Unos padres que vieron rechazada la admisión de su hijo en un colegio de
enseñanza concertada solicitaron su admisión en vía jurisdiccional.
El TSJ de Andalucía declara en este auto que la existencia de más alumnos
por unidad escolar que los permitidos por la normativa aplicable está
por debajo del ejercicio del derecho de los padres a que sus hijos reciban la
formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias
convicciones.